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La batalla perdida de los generales por abolir el mural de los falsos positivos

Mario Montoya y Marcos Evangelista Pinto, oficiales del Ejercito retirados, interpusieron una tutela que fue rechazada. Pedían que se ordenara eliminar una imagen que muestra sus retratos y nombres asociados a cifras de falsos positivos. ¿Por qué la Justicia rechazó la tutela?

14 de noviembre de 2019

¿Es procedente la acción de tutela interpuesta por los generales retirados Mario Montoya Uribe y Marcos Evangelista Pinto Lizarazo contra el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice)? Este fue el gran interrogante que se planteó el juzgado 79 penal de garantías de Bogotá, al analizar el recurso de los oficiales quienes argumentaron que esa organización estaba violando sus derechos al buen nombre, honra, dignidad humana y presunción de inocencia.

El 19 de octubre Movice publicó en su cuenta en Twitter una imagen con la petición a su audiencia digital de hacer viral dicho post como parte de la iniciativa #CampañaPorLaVerdad. La publicación, encabezada con la pregunta “¿Quién dio la orden?”, presentó una imagen con los retratos de varios miembros de la fuerza pública, junto con sus nombres y en la parte superior el número de personas presuntamente asesinadas bajo sus mandos militares entre 2000 y 2010 como “falsos positivos”. Atribuyéndoles así responsabilidad “cuando para este momento no existe sentencia condenatoria en firme que así lo determine”, dice la tutela.

El juzgado se expresó a través de una decisión de 22 páginas que sin embargo elude la discusión de fondo y opta por rechazar la tutela al considerarla improcedente. El argumento esencial del juez para tomar esa determinación es que los generales retirados no agotaron la posibilidad de reclamar directamente a Movice una rectificación previa antes de interponer la tutela.

“La petición de rectificación por parte de los demandantes lejos de ser elevada ante el accionado movimiento antes de acudir a la acción de tutela, fue elevada como pretensión esencial, es decir, solo fue invocada ante el juez constitucional, pero no antes como requisito de procedibilidad del mecanismo de amparo”, dice la decisión judicial. Y agrega: “los accionantes respecto del contenido que consideran calumnioso y trasgresor de sus garantías, no han cumplido con el aludido presupuesto”.

SEMANA consultó con el abogado Jhon Vásquez, defensor del general Mario Montoya, quien señaló: "No se interpondrá ningún recurso en contra de la decisión. En este momento, se esta estudiando la posibilidad de cumplir con el requisito previo de procedibilidad que señala la providencia". 

El argumento del juez de tutela seguramente será objeto de controversia. Esto en razón de que Movice no es un medio de comunicación sino un particular (un colectivo que agrupa a ciudadanos y organizaciones víctimas del conflicto) y hay precedentes judiciales que indican que cuando una persona se considera afectada por una información que considera falsa debe solicitar la rectificación previa al medio de comunicación responsable, pero cuando el responsable sea un particular la petición se puede hacer directamente vía tutela.

Un precedente, de apenas hace unos meses, es el pleito entre el expresidente Álvaro Uribe y Gustavo Petro. El senador del Polo afirmó en un programa radial que “Uribe debió haber estado preso hace tiempos por delitos de lesa humanidad”. Frente a eso, el expresidente formuló una tutela y aunque la afirmación se hizo en un espacio radial el juez analizó que el responsable no era el periodista o el medio sino el particular Petro y le concedió la tutela a Uribe quien no había solicitado rectificación previa. Así, Petro se vio obligado a rectificar. Otra historia que no viene al caso es la discusión posterior porque Uribe consideró que la rectificación no fue satisfactoria.

La tutela de los oficiales retirados, Montoya y Pinto, es en realidad el plano legal de una batalla que se originó en un escenario más concreto. El pasado 18 de octubre de 2019, artistas de Bogotá comenzaron a pintar un polémico mural entre la calle 80 y la Avenida NQS. La imagen de ese mural es la misma que Movice luego publicó en el trino objeto de la tutela.

Los autores aún no habían concluido de pintar el mural cuando entrada la noche llegaron al lugar alrededor de 30 hombres movilizados en vehículos oficiales y particulares portando armamento de dotación. Mientras unos borraban los rostos de los oficiales, otros impusieron un comparendo a los protagonistas por violar el Código de Policía.

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El episodio del que solo se habían enterado durante la tarde los vecinos, se regó como espuma por las redes sociales y en cuestión de horas había desatado el reproche de miles de colombianos. Entre los defensores de Derechos Humanos que encabezaron la protesta por lo que consideran una "censura" a la memoria de las víctimas. Poco después Movice señaló en un trino: “El mismo brochazo con el que el mural desapareció debajo de una capa blanca de pintura quiere aplicarse ahora para las publicaciones de redes sociales. A los juzgados Cuarto Municipal Pequeñas Causas Laborales y el Juzgado 79 Penal Municipal de Garantías de Bogotá llegaron sendas tutelas que buscaban eliminar cualquier rastro del mural en Twitter”.

Para el general Montoya, la información debe ser retirada de Twitter y de cualquier otra en la cual se haya difundido el mensaje por parte del Movice. El general Pinto, por su parte, pedía que se ordene como medida de reparación una campaña que promueva el respeto por los derechos humanos de los funcionarios públicos y su derecho a la presunción de inocencia. Los oficiales señalaban que Movice debía rectificar admitiendo su equivocación, error, tergiversación o falsedad.

Pero Movice en su postura ante el proceso pidió, en primer lugar, que se dispusiera a un juez idóneo para conocer de estos procesos teniendo en cuenta que involucran órdenes contra entidades del orden nacional como lo es el MinTic. La entidad que agrupa a más de 200 organizaciones defensoras de víctimas, aseguró que las tutelas de los general no eran procedentes, entre otras razonces, porque los accionantes no están en estado de indefensión. En su documento de contestación Movice señaló que el mural y la imagen divulgada es una manifestación artística y está protegida bajo las reglas de la libertad de expresión.

Además, que las pretensiones de los generales vulneraban los derechos de las víctimas y la sociedad en general a la verdad y libertad de expresión en contextos de transición. "Acceder a concederla implicaría una continuación de los actos de censura que vienen sufriendo las víctimas, organizaciones sociales y sociedad en general", dicen.

Frente a la particularidad del trino cuestionado, las organizaciones aseguraban que esta manifestación enmarcada en un acto por la memoria sería objeto de censura, cuando no pretendía difundir atribuciones de responsabilidad penal, sino que era un ejercicio liderado por el movimiento de víctimas para que la sociedad en general se cuestione sobre en qué circunstancias tuvo lugar en Colombia la comisión de la ejecuciones extrajudiciales. De hecho, describen el mural y señalan 1) Que es un hecho absolutamente cierto que estas conductas delictivas fueron cometidas bajo las comandancias de las personas que aparecen en el mural. 2). Que el mural propone una pregunta fundamental para el esclarecimiento de una verdad que es mucho más que una verdad judicial, ¿quién dio la orden?

Sin embargo, la decisión del juzgado 39 respecto a declarar improcedente la tutela, dejó sin respuesta las preguntas y argumentos de fondo, de lado y lado.