Judicial
“La Corte Constitucional ha borrado de un plumazo el debido proceso”: magistrado Rojas en caso Uribe
Fuertes señalamientos hizo el magistrado Alberto Rojas Ríos, para argumentar su salvamento de voto apartándose de la decisión de la Corte de mantener al expresidente Álvaro Uribe en calidad de imputado.
SEMANA tuvo acceso a los salvamentos de voto de los magistrados que se mostraron en desacuerdo con la decisión que tomó la Corte Constitucional de negarle al expresidente Álvaro Uribe Vélez la tutela con la que pretendía que la indagatoria que se le realizó en la Corte Suprema de Justicia no fuera equiparable con una imputación de cargos en el sistema acusatorio, pero que fracasó.
Uno de estos es del magistrado Alberto Rojas Ríos, que resulta contundente, señala que: “Con la respetable pero equivocada decisión mayoritaria la Corte Constitucional ha borrado de un ´plumazo´ el debido proceso clásico liberal que tanta sangre ha costado desde las ordalías o ´Juicios de Dios´ o la inquisición hasta nuestros días, y fractura lo que aún nos queda de la frágil construcción de la democracia moderna”.
Rojas advierte que “esta decisión quedará para la historia cubierta en sombras e incertidumbre”, pues se está desconociendo el mandato constitucional que indica que nadie podrá ser juzgado, sino con “la observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio”, enfatiza el togado.
El magistrado de la corte es claro al señalar que con lo sucedido en el caso del expresidente Uribe, el pasado miércoles 10 de noviembre, y tolerar una indagatoria como sustituta de la imputación es desintegrar la estructura propia del sistema procesal acusatorio. Lo que terminara generando una bola de nieve que desencadenará en “indeterminación, la incertidumbre y a la contingencia del desacierto en la selección de una estrategia defensiva”, calificando esto como inminente daño al derecho de defensa.
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Incluso en su salvamento de voto dio una clase de derecho y etimología en la que explica que cuando imputación no es lo mismo que indagación, una es la exploración de unos hechos que aún no se ofrecen suficientemente decantados al investigador mientras que la otra, es la consolidación de una labor investigativa sobre una hipótesis delictiva y las circunstancias de tiempo, modo y lugar de su ocurrencia.
“Expresar que la indagatoria tiene una equivalencia funcional a la imputación, es derruir el principio piramidal del derecho al debido proceso de la observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio”, puntualizó.
Sin duda la diferencia de conceptos que validaron los magistrados a la hora de negar la tutela divide los sectores políticos, económicos, sociales, judiciales y académicos que despierta las pasiones generadas por el expresidente Álvaro Uribe Vélez. Cabe recordar que la decisión de negar la tutela fue respaldada por los magistrados: Diana Fajardo, Gloria Estella Ortiz, Cristina Pardo, José Fernando Reyes y el magistrado ponente Alejandro Linares; contra cuatro que votaron en favor del argumento de la defensa del exmandatario Jorge Enrique Ibáñez, Paola Meneses, Alberto Rojas y Antonio José Lizarazo, según el cual, al renunciar su fuero de senador, su caso pasó al sistema penal acusatorio y debía empezar de nuevo incluyendo borrar de un plumazo lo actuado por la Corte Suprema de Justicia.
Es de resaltar que el martes, la Corte Suprema de Justicia, equiparó la indagatoria con la imputación de cargos, y mantuvo todo lo investigado contra el exsenador y exgobernador de Santander por hechos de corrupción cuando era mandatario departamental. Ahí fue sentada jurisprudencia, y si la Corte Constitucional hubiera tomado una decisión diferente, se habría presentado un fuerte choque de trenes. Que ahora se está viendo entre los mismos magistrados de la corte.