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La disputa de las entidades sin ánimo de lucro por un puesto en el Consejo Directivo de la CAR, ¿quién debería asumirlo?

Desde que el Consejo de Estado anuló la elección de Luis Alejandro Motta, su puesto en el Consejo Directivo permanece vacante. Esta es la historia.

Redacción Semana
1 de septiembre de 2023
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La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR). | Foto: CAR Cundinamarca

En febrero de 2022, la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado decidió anular la elección del directivo de la Corporación Autónoma de Cundinamarca (CAR), Luis Alejandro Motta, como representante de las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) luego de que demandaran su elección ante el alto tribunal por vicios en el proceso.

La elección de los representantes principales y suplentes de las ESAL ante el Consejo Directivo de la CAR, para el periodo 2020 - 2023, se llevó a cabo el 29 de octubre de 2019. Ese día se postularon seis candidatos: Luis Alejandro Motta Martínez, Andrés Iván Garzón, Juan Carlos Calderón España, Fernando Gómez Paiba, Germán Rozo Prieto y Diana Beatriz Cruz, pero esta última declinó su aspiración.

La postulación de los candidatos se agrupó de la siguiente manera:

Plancha N.º 1: principal, Luis Alejandro Motta. (Sin miembro suplente).

Plancha N.º 2: principal, Andrés Iván Garzón; suplente, Juan Carlos Calderón.

Plancha N.º 3: principal, Fernández Gómez Paiba; suplente, Germán Rozo Prieto.

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Se trató de la elección de representantes de las Entidades Sin Ánimo de Lucro. Imagen de referencia. | Foto: CAR Cundinamarca

Una vez surtida la votación, los representantes de las ESAL que fueron elegidos ante el Consejo Directivo de la CAR fueron Luis Alejandro Motta con 103 votos, y Andrés Iván Garzón como principal, y Juan Carlos Calderón, como suplente, con 102 votos.

Pues bien, resulta que Motta fue postulado como representante ante el Consejo Directivo por la Asociación Ecológica Colombiana (Asoeco), pero esta ESAL no estaba habilitada para postular un representante.

De acuerdo con lo establecido en la norma, para que las entidades sin ánimo de lucro pueda aspirar a participar en la elección de sus representantes ante el Consejo Directivo de la CAR, deben entregar un certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio o la entidad que haga sus veces, dentro de los tres meses anteriores a la fecha límite para la recepción de documentos y así mismo la ESAL deberá haber sido constituida por lo menos con cuatro años de anterioridad a la fecha de la elección.

De la misma manera, deben acreditar la ejecución, durante los últimos tres años, de mínimo tres proyectos y/o actividades en protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables por parte de la respectiva entidad sin ánimo de lucro, certificada por la entidad que financió o contrató su desarrollo. En la certificación debe constar: objeto, valor, plazo, localización y cumplimiento.

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Las ESAL debían demostrar certificación de tres proyectos y/o actividades en protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables. Imagen de referencia. | Foto: CAR Cundinamarca

Sin embargo, de acuerdo con la sentencia de nulidad del Consejo de Estado sobre la elección de Motta, las certificaciones presentadas por Asoeco, (ESAL, que postuló a Motta), no cumplían los requisitos establecidos, por lo que Asoeco carecía del derecho para postular a un candidato, razón por la cual se declaró la nulidad de la elección de Luis Alejandro Motta.

Ante el Consejo de Estado también fueron demandadas las elecciones de Andrés Iván Garzón y Juan Carlos Calderón, pero el alto tribunal únicamente declaró nula la elección de Motta.

Ahora bien, desde que se declaró nula la elección de Motta, su puesto en el Consejo Directivo de la CAR como representante de las Entidades Sin Ánimo de Lucro ha permanecido vacante y no se ha dirimido al respecto.

En las últimas horas, el concejal de Bogotá por el partido Alianza Verde, Diego Cancino, pidió a las directivas de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) tramitar el nombramiento del representante de las organizaciones ambientales, Fernando Gómez Paiba, a quien, según él, le corresponde ocupar el lugar que dejó Luis Alejandro Motta al ser destituido por el Consejo de Estado.

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Concejal Diego Cancino. | Foto: Concejo de Bogotá

Esperamos que el presidente del Consejo Directivo de la CAR, Nicolás García, garantice el derecho a elegir y ser elegido, así como el derecho fundamental a la participación ambiental de Gómez Paiba, quien lleva casi dos años solicitando su designación desde que anularon la elección de Motta en febrero de 2022. Este nombramiento es clave en este momento en que la CAR elegirá nuevo director”, dijo Cancino.

No obstante, para Juan Carlos Calderón España, la solicitud del concejal Cancino no tiene fundamento y aseguró que es él, el que debe ser llamado a ocupar la vacante de Motta en el Consejo Directivo de la CAR.

Calderón argumenta que el día en que se llevó a cabo la votación, se eligieron dos representantes principales y tan solo un representante suplente (que en este caso es él), y una vez declarada la nulidad de la elección de Motta, el llamado a suplir esa vacante debe ser el único representante suplente que se eligió ese día, en este caso, Calderón España.

Además de ello, en la lista de candidatos habilitados, antes de conformarse las planchas, quien quedó en el tercer lugar, detrás de Motta y Garzón, fue Calderón España, mientras que Fernando Gómez Paiba, quien es el representante por el que aboga el concejal Cancino, quedó en el cuarto lugar.

Así mismo, Calderón pone de manifiesto que en la votación, él obtuvo 102 votos, mientras que Gómez Paiba tan solo logró 18 votos.

Todos estos argumentos fueron planteados por Alberto Yepes Barreiro, exmagistrado del Consejo de Estado y quien es abogado de Calderón, en una carta enviada al director general de la CAR Cundinamarca, Luis Fernando Sanabria.

El director de la CAR Cundinamarca, Luis Fernando Sanabria.
El director de la CAR Cundinamarca, Luis Fernando Sanabria. | Foto: CAR Cundinamarca

Por otro lado, el seis de marzo de este año, la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó una acción de tutela instaurada por Gómez Paiba, en la que se solicitaba que se le designara como representante de las ESAL ante el Consejo Directivo de la CAR.

A pesar de todo lo expuesto por ambas partes, a la fecha el puesto de Motta en el Consejo Directivo aún permanece vacante y la CAR Cundinamarca se ha negado a tomar una decisión al respecto.