POLÍTICA

Así será la doble instancia para congresistas en delitos penales y ‘muerte política’

En 10 años se frustraron por lo menos 4 reformas constitucionales que daban vida a esta figura de juzgamiento. Esta vez la iniciativa contó con el respaldo del Gobierno, las cortes y la Fiscalía. La medida aplica para todos los aforados y entra en vigencia en 2018.

14 de diciembre de 2017

Si algo habían pedido los congresistas colombianos, pero en lo que no se habían logrado poner de acuerdo sobre cómo ejecutarlo, era la creación de la figura de la doble instancia para su juzgamiento por delitos penales y en los procesos por ‘muerte política’. Sin embargo, y tras varios años intentándolo, al fin lo lograron.

Los críticos de establecer esta medida decían que, de ser aprobada, los senadores y representantes estarían legislando en causa propia y podrían incurrir en un eventual conflicto de intereses por reformar la Constitución para cambiar las reglas en los procesos de juzgamiento en que se podrían ver incursos. No obstante, la normatividad establece que, precisamente, entre sus funciones está modificar la Carta Política.

La intención siempre ha sido, en resumidas cuentas, crear nuevas salas en la Corte Suprema de Justicia y en el Consejo de Estado, los dos altos tribunales que conocen de los procesos penales y administrativos contra los congresistas, para que en ellas -en primera instancia- se desarrollen sus casos y, si hay apelación, sean las otras instancias ya en funcionamiento de estas dos cortes las que resuelvan en segunda y definitiva instancia la suerte del proceso.

El cambio fundamental es que, actualmente, eso no sucedía y cada proceso penal o administrativo contra los aforados constitucionales, entre ellos los congresistas y otros funcionarios, siempre eran conocidos por una primera y única instancia sin tener derecho a una apelación. Eso era lo que se quería modificar y solo en 10 años, de acuerdo con información oficial, se presentaron cuatro infructuosos proyectos de reforma constitucional para hacerlo, pero nunca tuvieron suerte.

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Claro que tras todos esos intentos, y con la ‘bendición’ de las altas cortes, el Gobierno y la Fiscalía’, en las últimas semanas el Congreso aprobó dos reformas a la Carta Política para darle vida a la doble instancia en el juzgamiento a aforados, entre ellos a los congresistas. Esto, si se quiere, es una modernización del sistema judicial colombiano que acoge las directrices de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Constitucional emitidas en ese sentido.

Dichas directrices, que impulsaron definitivamente la aprobación de estas dos enmiendas constitucionales, se pueden resumir indicando que Colombia era de los pocos países en el mundo occidental (algunos dicen que el único) en los que los aforados constitucionales eran procesados solo por un juez, lo cual los dejaba en condición de desigualdad frente a los demás ciudadanos. En su momento se justificó ese sistema debido a su protección legal como aforados; o a su investidura de congresistas y la probidad que debían tener.

En el caso de la Corte Suprema de Justicia, tribunal al que llegan los procesos penales, se aprobó la creación de una subsala de instrucción que investigará a los aforados y, si encuentra mérito, los acusará ante la Subsala de Primera Instancia. Ahora bien, si el procesado no está de acuerdo con la sentencia emitida, la impugnación pasará a ser decidida en segunda y última instancia en la Sala Penal del alto tribunal.

“Un proceso que no brinda la oportunidad de cuestionar, recurrir y pedir una segunda opinión parece un proceso autoritario, y más aún cuando se decide la libertad de una persona”, aseguró el ministro de Justicia, Enrique Gil Botero, tras destacar que la plenaria de la Cámara, con 86 votos, aprobara esta enmienda en octavo y último debate.

El debate por la doble instancia cobró especial relevancia durante el escándalo de la parapolítica, cuando al menos 60 congresistas, tanto senadores como representantes, fueron condenados por la Corte Suprema de Justicia por sus relaciones ilícitas con las mal llamadas autodefensas. Varios de ellos, incluso, acudieron a instancias internacionales alegando, entre otras cosas, que sus procesos no eran justos pues solo tenían una instancia.

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Uno de los ponentes de esta reforma recién aprobada en el Congreso, el representante conservador Heriberto Sanabria, quien además busca dar el salto al Senado en el 2018, reconoció que esta iniciativa no tenía consenso político para su aprobación, entre otros temas, por los duros escándalos que han rodeado al Capitolio.

“Antes parecía como si fuera una gabela para los congresistas”, precisó Sanabria, quien añadió que ahora “nos queda pendiente una reforma de fondo a la justicia, la cual será responsabilidad del Gobierno y el Congreso que se elijan el próximo año”.

En los casos de pérdida de investidura, la denominada ‘muerte política’, la reforma constitucional aprobada crea en el Consejo de Estado una sala a la que llegarán estos procesos y, en caso de ser apelados, pasarán a ser conocidos por la sala plena del alto tribunal.

Los congresistas eran los que más abogaban por la implementación de la doble instancia en estas investigaciones, pues son a las que más les teman. La razón es que en caso de salirles en contra, quedan prácticamente vetados para volver a participar en cualquier ejercicio político de índole electoral. “Esto no es un regalo, es un derecho y una garantía”, justificó Gil Botero al resaltar la creación de la doble instancia en estos casos.

Las dos reformas constitucionales fueron enviadas a la Casa de Nariño para su promulgación ejecutiva, lo cual indica que para el 2018 todos los aforados, incluidos por supuesto los congresistas, podrán acudir bajo ciertos parámetros a una segunda instancia para impugnar las condenas penales o administrativas que no compartan. Más allá de la polémica que se pueda generar por este paso, no son pocos los que hablan de este paso como una modernización del sistema judicial que podría evitar, entre otras cosas, la compra y venta de sentencias judiciales.