LA HISTORIA LO JUZGARA

Comisión de Acusaciones no encuentra méritos para juzgar al Presidente y a su Mindefensa por holocausto del Palacio de Justicia

18 de agosto de 1986

La verdad sea dicha, nadie esperaba que las denuncias hechas contra el presidente Belisario Betancur y su ministro de Defensa por la masacre del Palacio de Justicia fueran a convertirse en una acusación formal por parte de la Comisión de Acusaciones de la Cámara, y menos aún que los dos acusados acabaran siendo juzgados por el Senado. Sin embargo, sorprendió la precipitación con que los tres miembros de la subcomisión parlamentaria definieron el asunto. Menos de un mes después de que el procurador hubiera entregado su providencia de acusación, y en las últimas horas hábiles de la legislatura, los representantes Carlos Mauro Hoyos, Horacio Serpa Uribe y Darío Alberto Ordóñez conceptuaron que "no hay lugar" para llevar a juicio a los acusados.
Los comisionados explican que todo juicio ante el Congreso es de carácter político, y en consecuencia se eximen de tratar el tema desde un aspecto jurídico-legal; saltan a continuación sobre el discutido aspecto militar para recopiar, como "lo más lógico y pertinente", la explicación que al respecto había dado el ministro de Defensa general Vega Uribe, y finalmente se abstienen de calificar el aspecto político con el argumento de que, por ser político, "no viola la ley nacional" y en consecuencia no es a ellos a quienes compete juzgarlo sino "al pueblo y a la historia" (y agregan que el pueblo ya lo hizo "en el silencio de sus pensamientos"). Por todo lo cual, concluyen que no hay lugar para intentar acusación alguna, de ninguna índole. Les merece, sí, un comentario marginal y severo el hecho de que se produjeran "excesos" (los desaparecidos, "la forma como se esfumaron las guerrilleras que salieron vivas del Palacio"); pero se trata ahí también de "hechos y casos que no son de nuestra competencia".
Juridicamente, la subcomisión de la Cámara tiene razón, y así lo confirmaron expertos constitucionalistas consultados por SEMANA. De acuerdo con los ordinales 4 y 5 del artículo 102 de la Constitución, a la Cámara corresponde "acusar ante el Senado, cuando hubiere causas constitucionales o legales, al Presidente de la República, a los ministros del despacho...etc." (ordinal 4). Y no hay causas constitucionales ni legales en este caso, pues el Presidente y su ministro cumplieron con su función, en este caso la de restablecer el orden turbado por la acción del M-19. Y le corresponde también (ordinal 5) "conocer de las denuncias y quejas que ante ellas se presenten por el Procurador General de la Nación o por particulares contra los expresados funcionarios, y si prestan mérito, fundar en ellas acusación ante el Senado".
La subcomisión conoció de las denuncias, pero lo de "prestar mérito", en fin de cuentas, es cosa de opinión. Y en su opinión las denuncias no prestaban mérito.
Es cierto que la Comisión de Acusaciones hubiera podido dejar correr el tiempo sobre la denuncia del procurador, y según pudo establecer SEMANA se llegó incluso a hablar de eso: dejar la acusación pendiente sobre el cuello de Betancur como una espada de Damocles durante meses, o aun años. (Veinte años tuvo pendiente el ex ministro Agudelo Villa una acusación en esa comisión sobre el asunto de la Balboa Timber Co.). Pero finalmente se decidió que era mejor no hacerlo, pues el problema, más que para Betancur, sería para Virgilio Barco, que iniciaría su gobierno con un debate pendiente contra las Fuerzas Armadas.
Y en caso de que la comisión hubiera encontrado que sí había lugar para adelantar la acusación, la situación hubiera sido aún más delicada para el nuevo gobierno. Por un lado Betancur se hubiera podido lucir con sus discursos líricos durante su defensa ante el Senado, quitándole protagonismo al nuevo Presidente.
Como recuerdan hasta los más feroces antibelisaristas de la revista Consigna, era "brindarle tontamente la oportunidad de pasar del banquillo de los acusados al podio de los ganadores". Y sobre todo, nuevamente, el problema estaba en los militares. La acusación era, en efecto, contra el Presidente y contra el general Vega Uribe, y en esos casos los militares colombianos no consideran nunca que se esté juzgando al hombre, sino atacando a la institución. Aclarado así que no habría problema ninguno con las Fuerzas Armadas, el Presidente electo se reunió de inmediato con los altos mandos militares y conversó con ellos, en lo que se consideró como un empalme entre el poder civil y el poder militar.
En realidad el fallo de la Comisión de Acusaciones coincide con un sentimiento generalizado de que, si bien las actuaciones del gobierno durante la toma del Palacio de Justicia pueden haber incluido errores que contribuyeron a la tragedia, difícilmente este terreno hipotético puede ser la base de un juicio político al Presidente de la República y al ministro de Defensa. En lo que sí habría un consenso es en que se debe juzgar a las personas responsables por los desaparecidos después del holocausto.
Sin embargo, aunque existen pruebas de que desaparecieron, no existen y probablemente nunca existirán pruebas de quién los desapareció.
De todas formas, es muy difícil en la práctica hacer juicios políticos sobre decisiones que pueden, en alguna forma, ser justificadas como una defensa de las instituciones. Aun en la época de la violencia, cuando cientos de miles de personas murieron como consecuencia directa o indirecta de actos de gobierno, nunca se llevó a juicio a ninguno de los protagonistas, con la excepción del general Rojas Pinilla, quien una vez derrotado políticamente, pudo ser juzgado solamente por dos cargos: la importación ilegal de unos terneros y la arbitraria puesta en libertad de un hombre que se hallaba preso porque se había robado un coco .
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