Álvaro Gómez Hurtado
Álvaro Gómez Hurtado | Foto: Semana

Justicia

La indemnización que buscaba la familia de Gómez Hurtado: ¿por qué se vino abajo?

La familia del dirigente conservador tenía alta probabilidad de ganarle el pulso al Estado ante las instancias internacionales. La confesión de las Farc tumbó su estructuración del caso y ahora queda en manos de la JEP.

17 de octubre de 2020

El caso de los familiares de Álvaro Gómez Hurtado contra el Estado colombiano pintaba para aterrizar fácilmente en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Tenía los ingredientes de un proceso emblemático: un líder opositor asesinado (nada menos que la mente conservadora más destacada del continente), un Estado inoperante en su búsqueda de justicia y un expresidente salpicado por nexos con el narcotráfico como el principal sospechoso del crimen. Parecía cuestión de tiempo para que la Corte asumiera el conocimiento. Pero la inesperada confesión de las Farc sobre su exclusiva responsabilidad en el asesinato truncó este camino.

En abril de 2014, la familia de Gómez Hurtado, apoyada por la American University de Washington, presentó una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que admitiera el caso. En el sistema interamericano, tal y como está diseñado, le corresponde a la CIDH recibir las solicitudes para que un caso llegue a la Corte IDH y haya un fallo de fondo. La CIDH es una especie de filtro que, con buena dosis de discrecionalidad, define los asuntos que llegan a la Corte. La Comisión recibe cerca de 2.000 peticiones anuales y solo remite un promedio de 15. Entre los aspectos de forma que revisa está que los accionantes hayan agotado la justicia interna.

Justo eso habían hecho los familiares del excandidato presidencial. Desde su muerte, en noviembre de 1995, la Fiscalía impulsó varias líneas de investigación que 25 años después únicamente arrojaron como resultado la condena de Héctor Paúl Flórez, a quien acusaron de estar detrás del crimen de Gómez Hurtado, pero que para el momento de los hechos se encontraba en un sepelio a 915 kilómetros, en Sincelejo. Ante la impunidad, los Gómez intentaron mover el proceso sin conseguir avances porque “la respuesta estatal ha sido dilatoria”, según afirmaron en el documento radicado ante la CIDH. Por eso sus pretensiones, entre las que se incluía una indemnización por daños morales y materiales, tenían bastante sentido.

Pero no contaban con que los líderes del partido Farc, en una carta a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), confesarían haber cometido el magnicidio. El panorama cambió radicalmente y creó una situación inédita en el sistema interamericano. Cuando los Gómez presentaron la petición en 2014, las vías judiciales del país ya estaban agotadas. Pero luego con la firma del acuerdo de paz y, en consecuencia, la conformación de la JEP, eso varió. Ahora el tribunal de paz conocerá del crimen porque los sujetos que confesaron haberlo cometido están sometidos a su jurisdicción. Ello acabaría con la competencia de la Corte IDH debido a que esta opera solo de manera subsidiaria. “Puede que en el caso de Álvaro Gómez no se haya agotado la jurisdicción interna, pero más de 20 años de espera no es razonable y eso puede configurar una excepción al requisito. El problema ahora es que hay confesión y eso acaba la subsidiariedad de la Comisión. Aún suponiendo que no, es difícil que la CIDH lleve un caso a la Corte en el que hay una confesión ante un tribunal de paz”, afirmó Ricardo Abello, profesor de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario.

El expresidente acusó a los familiares de Álvaro Gómez Hurtado de perseguir un beneficio económico con su petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
El expresidente acusó a los familiares de Álvaro Gómez Hurtado de perseguir un beneficio económico con su petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. | Foto: Semana

En otras palabras, la confesión de las Farc dejó sin bases la petición de la familia Gómez ante la CIDH y la eventual reparación económica por el magnicidio. Debido a que el caso aún no había llegado a manos de la Corte IDH, no habían aportado pruebas que permitieran estimar la cuantía. En todo caso, no está en tela de juicio que, dadas las circunstancias previas, la indemnización era legítima y procedente. “La familia buscaba una indemnización. Como el derecho a la vida quedó afectado de forma irreversible, la reparación debía adquirir, sí o sí, la naturaleza de una indemnización pecuniaria. Esa es una de las prácticas jurisprudenciales de la Corte”, señaló Enrique Prieto-Ríos, también profesor de Derecho Internacional en el Rosario.

Previendo esta situación desfavorable y para recalcar que su principal interés no es la plata, sino la verdad y la justicia, la familia de Álvaro Gómez anunció el jueves que desistirá de la acción emprendida en la CIDH. Además sus miembros aseguraron que si algún tribunal en Colombia llega a ordenar resarcimiento económico, donarán el monto que fuere a la Defensoría del Pueblo. Un cambio de planes que días atrás nadie habría imaginado.