Justicia

La nueva salida en falso del ministro de Defensa

El ministro Guillermo Botero tuvo otro yerro al decir en el Congreso y en Twitter que la JEP debía expulsar a alias Mayimbú, para que así el Ejército pudiera actuar contra este. El tribunal de paz le respondió con un duro comunicado. La JEP aclaró además que fue la justicia ordinaria la que ordenó la libertad de Mayimbú.

18 de septiembre de 2019
| Foto: Tomada de Twitter: @GuillermoBotero

Esta vez la polémica corrió por cuenta de alias Mayimbú. Se trata del temido criminal señalado de ser el responsable del crimen del que fue víctima la candidata Karina García, junto a otras cinco personas en Cauca. El ministro Guillermo Botero aseguró en el Congreso que Léider Johany Noscué Bototo, más conocido como Mayimbú, no ha podido ser capturado porque sigue siendo parte de la Jurisdicción Especial para la Paz.

“Consideramos que debe ser retirado de la JEP para ser capturado; de lo contrario, lo tendríamos que enfrentar ‘enfusilao’, como vive, porque hemos tenido la oportunidad de caerle en varias ocasiones, como se dice coloquialmente, pero se refugia dentro de casas de familia”, explicó el ministro Botero.

A esa declaración se sumó un trino de Botero en el que señaló que le había enviado una carta a la presidenta de la JEP, Patricia Linares, solicitando la expulsón del criminal "para que la fuerza pública pueda actuar". Con esa posición pública por parte del ministro, se asumió que Mayimbú disfrutaba de una especie de inmunidad supuestamente otorgada por la jurisdicción de paz. Es decir, que el Ejército tenía las manos atadas para actuar contra este delicuente.

El ministro Botero también aseguró que fue la JEP la que puso en libertad a Mayimbú. Error, fue un juzgado de ejecución de penas, es decir, la justicia ordinaria.

Pero la JEP se pronunció con un breve y categórico comunicado. La magistrada presidenta le recordó al ministro que la competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz "es exclusivamente sobre los delitos cometidos antes del 1 de diciembre de 2016 que estén relacionados con el conflicto armado interno". Así mismo señaló que la investigación de "cualquier delito cometido por un compareciente de la JEP después del 1 de diciembre de 2016 es competencia de la Fiscalía General de la Nación".

Este punto hace refencia tácita a que Mayimbú, en 2017 firmó el acta de sometimiento a la JEP y postuló una serie de compromisos como lo han hecho miles de exguerrilleros. Pero después reincidió al reintegrarse a un grupo armado ilegal. Así que Mayimbú en estricto sentido es un compareciente ante la JEP incurso en la más grave situación de incumplimiento: rearmarse. Esto seguramente le significará, procesalmente, la expulsión del sistema de justicia transicional. Pero eso no quiere decir que entretanto tenga blindaje alguno. La fuerza pública y la Fiscalía pueden actuar contra él así como contra cualquier compareciente que esté incurso en delitos posteriores a su sometimiento.  

"La fuerza pública no tiene ninguna limitación para perseguir y capturar a los comparecientes que se hayan rearmado y estén delinquiendo", señaló la magistrada Linares en su comunicado. Y recalcó que "la investigación y persecución de aquellos comparecientes que en la actualidad estén delinquiendo tiene que ser ejercida por la Fiscalía y la fuerza pública, independientemente de que hayan concluido o no los procesos para la exclusión de de esas personas de la JEP. Ese es su deber y obligación".

Ante el comunicado que la JEP produjo en respuesta a las declaraciones del ministro Botero, este salió a tratar de decir que sus palabras había sido "malinterpretadas". En entrevista con Blu Radio el ministro señaló que luego de fijar posición se enteró que contra Mayimbú había órdenes de captura vigentes y en consecuencia: "Claro que podemos capturarlo y seguir ofreciendo la recompensa, lo que buscamos es que sus delitos anteriores no queden en impunidad y que se le vuelvan a revivir esas condenas que tuvo en el pasado”, dijo.

El ministro insistió en que solo conoció el martes en la tarde de otras órdenes de captura contra Mayimbú. Sin embargo, el jefe de la cartera de Defensa se vio en apuros para explicar por qué entonces por un lado pedía a la JEP la expulsión para poder actuar y al mismo tiempo puso a Mayimbú en un cartel de criminales buscados y ofreció recompensa por este.

De cualquier forma, la salida en falso de Botero es evidente dado que no se requiere de órdenes de captura, antiguas a nuevas, para que el Ejército pueda ir tras alguien que está usando armas de uso privativo de la fuerza pública y que está cometiendo delitos como es el caso de alias Mayimbú y sus estructura de disidencias en el Cauca. El propio ministro lo sabe, por eso puso a este delincuente en la mira de las autoridades como un objetivo de gran valor.    

Efectivamente el pasado 4 de septiembre Botero pidió el apoyo de la ciudadanía para recuperar la tranquilidad del Cauca y ofreció "una recompensa de hasta 100 millones de pesos por información que conduzca a la captura de alias Mayimbú y 50 millones de pesos por alias Marlon, principales criminales del GAO-r en Cauca". 

El yerro del ministro va más allá. Cuando Mayimbú, como jefe de una disidencia cometió  el terrible atentado en Cauca contra Karina García y sus cinco acompañantes, Botero aseguró en rueda de prensa ante los medios de comunicación que "Mayimbú salió de la cárcel, fue una persona condenada a más de 30 años de prisión (…) En el 2017 se presentó a la JEP, le dieron libertad y volvió a delinquir, y de qué manera: matando a cinco personas incineradas de la manera más grave”.

Sin embargo, al revisar el expediente de Léider Johany Noscué Bototo (Majimbú) se encuentra que el 14 de marzo de 2017 firmó el acta de compromiso con la JEP y que el 31 de agosto de ese mismo año el Juzgado Séptimo de Ejecución de Penas de Cali resolvió concederle libertad condicional. Esto significa que fue la justicia ordinaria la que dispuso la libertad de Mayimbú y no la JEP como lo dijo el ministro Botero.

La JEP emitió un auto de incumplimiento contra Mayimbú el pasado 12 de septiembre y en este documento de ocho páginas se lee toda la información procesal del compareciente, así como la actuación de la justicia ordinaria con relación a él. Se constata así que fue la jurisdicción ordinaria y no la JEP, como equivocadamente lo expresó el ministro Botero, la que ordenó la libertad de este delicuente, hoy uno de los más buscados.