Nación
La JEP ya le había cerrado la puerta al hijo de La Gata, pero aún así el Gobierno lo designó como facilitador de paz
En su momento, la JEP aseguró que Jorge Luis Alfonso López “no exhibe un compromiso serio de avanzar los objetivos del sistema transicional”.
Sigue la polémica en torno a Jorge Luis Alfonso López, más conocido como El Gatico, hijo de la empresaria del chance Enilce López, alias La Gata, luego de que el juez quinto de ejecución de penas de Barranquilla ordenara el levantamiento inmediato de la medida restrictiva de la libertad que existía en su contra para poder cumplir con su rol de facilitador de paz que le había encomendado el Gobierno del presidente Gustavo Petro.
Si bien el Gobierno salió a defenderse después de que Alfonso López quedara en libertad, alegando que nunca había solicitado su liberación, por lo que procedió a pedir la revocatoria de la medida y le canceló su rol como facilitador de paz, lo cierto es que la propia Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ya le había cerrado la puerta a El Gatico por no contar la verdad años atrás.
En febrero de 2021, la JEP le negó su entrada luego de que, en 2014, Alfonso López fuera condenado a 29 años de prisión por un juzgado de Bogotá, como responsable del asesinato del periodista Rafael Enrique Prins Velásquez, ocurrido el 19 de febrero de 2005.
Fue la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, mediante la Resolución 556 de 12 de febrero de 2021, la que rechazó la solicitud de sometimiento voluntario de El Gatico.
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La JEP advirtió, en su momento, que: “Alfonso López presentó su solicitud de sometimiento tanto en calidad de agente de Estado no integrante de la fuerza pública, en relación con hechos ocurridos durante su ejercicio como alcalde del municipio de Magangué (Bolívar) entre los años 2004 y 2007, como en calidad de tercero civil, en relación con conductas cometidas antes y después de ese periodo”.
López pidió a la JEP declarar su competencia para conocer el proceso, en cuyo marco fue condenado por el homicidio del periodista Rafael Enrique Prins Velásquez. Señala la JEP que se trata del proceso penal “adelantado por el homicidio de Yamil Kasser Alí” y otro proceso, en cuyo marco fue acusado por los delitos de lavado de activos agravado, enriquecimiento ilícito de particulares y concierto para delinquir, además del proceso penal con radicado 4115, por el homicidio del señor Édgar Carrasquilla.
No obstante, la JEP decidió negarle la entrada por no querer contar la verdad. “Las sucesivas declaraciones y escritos presentados por el solicitante denotaron hasta el extremo su falta de voluntad para aportar a la verdad plena y reparar a sus víctimas. Aceptar un sometimiento en estas condiciones equivaldría, en palabras de la Sección de Apelación, a admitir a una persona que no exhibe un compromiso serio de avanzar los objetivos del sistema transicional y, por tanto, beneficiarla sin razón”, dijo el tribunal en su momento.
Hijo de La Gata fue el que solicitó su libertad aduciendo que necesitaba tiempo completo para ser gestor de paz
En una carta escrita a computador, y enviada el pasado 23 de diciembre, Jorge Luis Alfonso López, más conocido como El Gatico, le solicitó directamente al juez quinto de ejecución de penas de Barranquilla, el levantamiento inmediato de la medida restrictiva de la libertad que existía en su contra.
Esto debido a que, tras ser designado como gestor de paz por parte del Gobierno de Gustavo Petro, necesitaba tiempo completo con el fin de realizar todas las funciones que se le habían delegado. “(…) Debo tener disposición las 24/7 para movilizarme y concretar las diferentes reuniones que se requieran en el sometimiento de dichos grupos armados, y así contribuir con la tan anhelada paz en nuestro territorio nacional”.
En la misiva, firmada por Alfonso López, se señala que existe una resolución que detalla las labores que va a desempeñar como gestor, por lo que pide que se tomen medidas de fondo con el fin de facilitar sus desplazamientos en el territorio nacional. El hijo de la empresaria del chance, Enilce López, más conocida como La Gata, fue más allá y aseguró que muchas de las labores que va a desempeñar serán de “carácter reservado” para “evitar que enemigos de la paz puedan entorpecer mi labor asignada”.
En otro de los apartes, menciona directamente que fue designado por el alto comisionado para la paz Iván Danilo Rueda Rodríguez para desempeñar el rol de facilitador del proceso de paz con grupos armados ilegales organizados en Colombia.
Desde octubre de 2021, Alfonso López estaba en detención domiciliaria luego de que el mismo juez quinto de ejecución de penas de Barranquilla señalara que por sus problemas de salud era necesario modificar la medida de aseguramiento. En ese momento, el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, le pidió a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y la Fiscalía General que adelantaran las respectivas investigaciones por un presunto prevaricato.
“Teniendo en cuenta el monto de la condena, la gravedad de los delitos y el tiempo que lleva privada de la libertad, esta persona no puede ser objeto de una medida de sustitución de la pena intramural”, advirtió el ministro en rueda de prensa.
Juez se defiende y le responde al Gobierno
En medio de la gran polémica, el juez quinto especializado envió una carta en la que advierte que desde que empezó a estudiar este caso, le solicitó al Gobierno que le notificara sobre la designación de Alfonso López como facilitador de paz. Igualmente, le envió todos los certificados sobre la excarcelación.
En uno de los apartes del documento se señala que le pidió al “Departamento Administrativo de la Presidencia de la República- alto comisionado para la Paz, Dr. Iván Danilo Rueda Rodríguez, para que remita a este despacho la providencia original, mediante el cual autoriza al señor Jorge Luis Alfonso López, para que contribuya en la labor asignada al alto comisionado para la Paz de verificar la voluntad real de paz y reinserción a la vida civil, así como la voluntad real de sometimiento a la justicia de los grupos armados organizados”.
En este sentido, se advierte que para facilitar su función era necesario “el levantamiento de las medidas restrictivas que pesan en su contra, para llevar a cabo la misión”.
En la boleta de libertad, firmada personalmente por el juez, se decretó la “suspensión temporal de la aplicación de la pena que enfrenta el señor Jorge Luis Alfonso López en razón del presente proceso y hasta que se desempeñen las labores como facilitador de paz”. Desde octubre de 2021, por orden del mismo juez, Alfonso López se encontraba con detención domiciliaria.