POLÍTICA
La nueva ley que elimina barreras para la reconstrucción de senos en mujeres sobrevivientes de cáncer
Entre el diagnóstico y el inicio del primer tratamiento, las pacientes con cáncer de mamá esperan hasta 59 días para ser atendidas.
El presidente Iván Duque acaba de sancionar una nueva ley que busca garantizar la reconstrucción de ambos senos a las mujeres en Colombia que han sufrido cáncer de mama.
“Lo que buscamos es que las mujeres puedan acceder a las dos prótesis en el menor tiempo posible, sin tanta tramititis, luego de haber luchado contra esta enfermedad que arrebata tantas vidas en el país”, aseguró el representante Juan Fernando Reyes Kuri, quien construyó esta iniciativa junto a la concejala caleña Diana Rojas.
La nueva norma señala que, a partir de ahora, cuando acaba de ser sancionada la ley, el Ministerio de Salud tendrá seis meses para establecer los indicadores y los tiempos máximos en los que se deberá autorizar y programar el tratamiento requerido, entre ellos las consultas médicas, el acompañamiento psicológico y social, los exámenes especializados y la reconstrucción de ambas mamas, en caso de ser necesario.
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“Las Entidades Promotoras de Salud de ambos regímenes, los regímenes de excepción y especiales y las entidades territoriales responsables de la población pobre no asegurada, deberán garantizar el acceso de los pacientes oncológicos a programas de apoyo para la rehabilitación integral que abarcarán la rehabilitación física en todos sus componentes, incluyendo las cirugías y prótesis que sean necesarias según criterio médico, así como la atención psicológica y social”, señala el articulado de la recién promulgada Ley 2194 de 2022.
La ley obliga, además, a las entidades prestadoras de salud a adoptar estrategias de promoción dirigidas a la detección temprana de cáncer de seno y demás tipos de afecciones oncológicas mediante el auto examen u otras herramientas efectivas para la prevención y detección.
“Así mismo, fomentar continuamente educación para la salud mediante intervención individual y colectiva sobre la realización del auto examen de mama o estrategias para otros tipos de afecciones oncológicas de manera presencial, telemedicina o por servicios de mensajería electrónico”, indica el texto de la iniciativa.
Una de las novedades es que se permite que mediante el uso de tecnologías de telecomunicación en salud, y en los casos que sea posible y sin disminuir los estándares de atención, se facilitarán servicios por telemedicina, o modalidades similares para las personas con cáncer, en especial para brindarles acompañamiento psicológico y en salud mental, esto con el fin de brindar la atención de manera más oportuna.
Generalmente, una de las barreras que encuentran las personas que se enfrentan a un diagnóstico de cáncer de mama es que los tratamientos ideales están fuera de los planes de beneficios en salud. Por eso, la norma establece que las entidades responsables de brindar la atención lo harán de forma priorizada, eficiente y oportuna sin perjuicio de que se trate de servicios fuera de los planes de beneficios que se hagan los pagos a que haya lugar.
Así mismo, se señala que las entidades encargadas de brindar los servicios de salud, “por ningún motivo negarán la participación de la población colombiana residente en el territorio nacional en actividades o acciones de promoción y prevención, así como tampoco la asistencia necesaria en detección temprana, diagnóstico oportuno, tratamiento, rehabilitación y cuidado paliativo, independientemente al régimen al que se pertenezca”.
Según el Instituto Nacional de Cancerología, en Colombia para el año 2020 se estimaron 113.221 nuevos casos de cáncer para todas las localizaciones, para el año 2030 se espera tener 150.502 casos nuevos de cáncer y para 2040 la cifra esperada es de 191.631 casos nuevos.