Las multas se impusieron al quedar demostrado que, entre los años 2016 y 2018, conformaron un cartel para defraudar la libre competencia en varios procesos de subastas públicas.
Las multas de las SIC a seis empresas se impusieron al quedar demostrado que, entre los años 2016 y 2018, conformaron un cartel para defraudar la libre competencia en varios procesos de subastas públicas. | Foto: Superintendencia de Industria y Comercio/Web

Empresas

La SIC sanciona a seis empresas por conformar cartel de subastas

Contra la decisión procede recurso de reposición ante el Superintendente de Industria y Comercio.

22 de junio de 2022

Por conformar un cartel para defraudar la libre competencia en varios procesos de subastas públicas adelantadas por la Central de Inversiones de bienes inmuebles, la Superintendencia de Industria y Comercio anunció este miércoles que impuso multas superiores a los 3.800 millones de pesos a seis empresas y 10 personas naturales.

La entidad de regulación señaló que la decisión cobija a las empresas Transportes Especiales Fernando Suárez González S. A. S., HDL Logística S. A. S., Jairo Alfonso Acuña Beltrán, Gabriel Roberto Cetina Castro y Yenny Johan Pérez López.

La medida se adoptó “al quedar demostrado que, entre los años 2016 y 2018, conformaron un cartel para defraudar la libre competencia en varios procesos de subastas públicas adelantadas por la sociedad de economía mixta Central de Inversiones, Cisa, cuyo propósito consistía en la venta de diferentes bienes de propiedad de entidades públicas”, de acuerdo con la SIC.

También deberán pagar millonarias multas Luis Alejandro Mondragón Marroquín, Luz Marina Jiménez y Gloria Inés Cano Rojas, personas naturales vinculadas directa o indirectamente con Cisa, quienes suministraron información reservada y confidencial sobre los procesos de subasta, colaborando y facilitando los acuerdos y conductas anticompetitivas.

“Además, se sancionó a FSG por haber adelantado una conducta anticompetitiva a través de su representante legal, Fernando Suárez González, quien de manera ilegítima accedió a información privilegiada y confidencial de los procesos de subasta, obteniendo una ventaja competitiva sobre los demás proponentes”, indicó la entidad.

En el mismo sentido, se sancionó a dos (2) personas naturales más vinculadas a las empresas, por haber ejecutado las conductas anticompetitivas.

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Sanciones impuestas por la SIC por colusión en licitaciones públicas:

- Empresas

Transportes Especiales F. S. G. S. A. S., $1.312.240.116

HDL Logística S. A. S., $97.518.264

Jairo Alfonso Acuña Beltrán, $85.851.036

Gabriel Roberto Cetina Castro, $77.452.152

Yenny Johan Pérez López, $8.208.864

- Facilitadores

Luis Alejandro Mondragón Marroquín, $2.660.280

Luz Marina Jiménez Martín, $5.016.528

Fernando Suárez González, $366.130.536

José Hernán Bulla Luque, $65.670.912

Gabriel Roberto Cetina Castro, $46.478.892

Sanciones impuestas por la SIC por infringir la prohibición general de competencia:

- Empresas

Transportes Especiales F. S. G. S. A. S., $1.530.953.136

- Facilitadores

Luis Alejandro Mondragón Marroquín, $4.560.480

Luz Marina Jiménez Martín, $11.401.200

Gloria Inés Cano Rojas, $11.401.200

Fernando Suárez González, $183.065.268

En total, las multas ascienden a $3.808.608.864

El caso

La actuación administrativa se inició debido a que la SIC, en ejercicio de sus funciones, encontró información sobre la posible existencia de conductas anticompetitivas por parte de personas que participaban en los procesos de contratación adelantados por sociedad de economía mixta Central de Inversiones, Cisa.

Ante esta situación, la Delegatura para la Protección de la Competencia realizó una actuación preliminar que permitió concluir la existencia de elementos de juicio suficientes para sustentar la hipótesis de una presunta violación al régimen de libre competencia económica por parte de diferentes empresas, en una serie de procesos de subasta de bienes muebles adelantados por Cisa entre 2016 y 2018.

“La Superindustria determinó que FSG, HDL, Jairo Alfonso Acuña Beltrán, Gabriel Roberto Cetina Castro y Yenny Johan Pérez López materializaron una serie de acuerdos anticompetitivos, con el fin de eliminar la presión competitiva en un número de procesos de subasta, garantizando así la adjudicación de los bienes al menor valor posible”, indicó.

Según la investigación, “estos acuerdos fueron posibles en la medida en que Fernando Suárez González, representante legal de FSG, obtuvo información privilegiada por parte de funcionarios vinculados directa o indirectamente a Cisa, lo que le permitió ponerse en contacto con sus competidores y coordinar su participación en los diferentes procesos de subasta”.

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Igualmente, la entidad explicó que “se encontró suficiente material probatorio que dio cuenta que Fernando Suárez González, representante legal de FSG, recibió información a la que no tuvieron acceso otros oferentes, de parte de algunos funcionarios vinculados directa o indirectamente a Cisa.

“Dicho intercambio de información materializó una violación independiente a las normas de libre competencia, toda vez que significó una ventaja competitiva al generar una asimetría de información respecto a los demás proponentes, lo que le permitió tomar decisiones y estructurar su estrategia con mayor conocimiento del que tenían sus posibles competidores”, señaló.

De conformidad con labor investigativa realizada por la Delegatura en la etapa de averiguación preliminar, así como de las pruebas practicadas durante la investigación administrativa, fue posible advertir que los procesos de selección en la modalidad de subasta adelantados por Cisa se encuentran expuestos a un alto riesgo de colusión, por lo que la Superintendencia de Industria y Comercio alertó a la entidad, con el fin de que se preste mayor atención al comportamiento de sus funcionarios y los proponentes en sus procesos.

“Dicha alerta responde a la obligación de esta entidad de promover la libre competencia en los diferentes mercados nacionales, por lo cual se sugirió la implementación de programas de cumplimiento en materia de libre competencia que busquen prevenir, a futuro, la ocurrencia de estas prácticas, o ayuden a detectar tempranamente cualquier violación al régimen de libre competencia económica”, indicó la entidad.

Contra la decisión procede recurso de reposición ante el Superintendente de Industria y Comercio.