FALLO

La tutela que Iván Cepeda y Álvaro Leyva le ganaron al presidente Duque

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordena a la Presidencia responder al derecho de petición que el senador y el exministro presentaron en el que pedían depositar en las Naciones Unidas los acuerdos alcanzados entre el Gobierno y el ELN.

3 de mayo de 2019
Álvaro Leyva e Iván Cepeda | Foto: SEMANA

El senador Iván Cepeda y el exministro Álvaro Leyva le ganaron este viernes una batalla jurídica al presidente Iván Duque. Ambos presentaron una acción de tutela contra el mandatario por considerar que no les dio respuesta al derecho de petición que presentaron para que el Gobierno colombiano depositara ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas los documentos de los avances y acuerdos alcanzados entre el Gobierno colombiano y la guerrilla del ELN antes de la ruptura de las negociaciones.

El propósito del derecho de petición era pedirle al Gobierno rescatar los avances de la mesa de diálogo con la guerrilla alcanzados antes de producirse el atentado a la Escuela de Cadetes General Santander en Bogotá que precipitó la decisión del Gobierno del presidente Iván Duque de suspender las negociaciones.

En esencia, la petición pretendía proteger no solo la agenda de seis puntos que delimita los temas de discusión, sino también dos preacuerdos para desescalar el conflicto, que las partes alcanzaron en junio de 2017. El primero de ellos es el "Acuerdo humanitario Ya para el Chocó" en el que se venía trabajando junto con las comunidades más afectadas del departamento. El otro es un plan de desminado humanitario que tanto el Gobierno como el ELN, habían decidido implementar en Nariño.

Para Leyva y Cepeda el tema es crucial porque "es imperativo que se respete (lo acordado) por el Estado colombiano, para que ante posibles conversaciones que pudieran darse en un próximo futuro -aspiramos sea pronto-, al reanudarse estas, sea teniendo en cuenta lo ya pactado", según el derecho de petición.

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Esta solicitud en principio fue remitida a la oficina del alto comisionado para la paz, Miguel Ceballos, el 23 de enero de 2019. Días después, el 11 de febrero, la secretaria jurídica de la Presidencia, Clara María González, dio respuesta a la petición citando el artículo 189 de la Constitución que señala que corresponde al presidente de la república “dirigir las relaciones internacionales (...)” así como “conservar en todo el territorio el orden público y reestablecerlo donde fuera turbado”.

También citó la Ley 418 de 1997 que establece que “la dirección de todo proceso de paz corresponde exclusivamente al presidente de la república como responsable de la preservación del orden público en toda la Nación. Quienes a nombre del Gobierno participen en los diálogos y acuerdos de paz lo harán de conformidad con las instrucciones que él les imparta”.

Ante esta respuesta, Cepeda y Leyva enviaron un nuevo derecho de petición el 14 de marzo, esta vez dirigido al presidente Iván Duque. Allí le solicitaron que, como cabeza del Gobierno, “ordene a quien corresponda se sirva informar en su nombre al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y a los países garantes del proceso de negociación -Brasil, Chile, Cuba, Ecuador y Noruega-, sobre los acuerdos a que llegaron las partes en desarrollo de las conversaciones entre el Gobierno nacional y el ELN, y así mismo, que como jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, proceda a su pronta implementación para satisfacer derechos surgidos de dichos compromisos”.

La respuesta de Presidencia se produjo el 5 de abril y también fue atendida por la secretaria jurídica, Clara María González, en los mismos términos a la que fue entregada por el comisionado de paz Miguel Ceballos. Para Cepeda y Leyva no resuelve de fondo la solicitud dirigida al presidente Duque, por lo que procedieron a presentar la acción de tutela.

En su respuesta a la tutela la secretaría jurídica de Presidencia asegura haber dado respuesta oportuna, pero que el derecho de petición desbordaba sus alcances porque pretendía que el presidente adelantara una actuación concreta en relación con las atribuciones que la Constitución le ha otorgado de manera privativa para adelantar negociaciones de paz.

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Además la Secretaria Jurídica señaló que los preacuerdos y acuerdos de paz son documentos de naturaleza política que no tienen valor normativo ni siquiera cuando están suscritos por las partes. Por eso pidió que se negara la tutela.

Sin embargo el Tribunal Administrativo de Cundinamarca consideró que la respuesta de la Presidencia “no cumple los requisitos legales y jurisprudenciales para entender satisfecho el derecho de petición, puesto que la contestación no es acorde con lo peticionado, toda vez que se limita a enunciar las normas que facultan al Presidente de la República para conservar el orden del territorio y ser el director de los procesos de paz, pero no explica razones o motivaciones del fondo del asunto”. Y agrega que “no existe una respuesta congruente y precisa, por lo que se concluye, existe una vulneración al derecho invocado”.

Al tutelar el derecho de petición invocado por Iván Cepeda y Álvaro Leyva, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó al presidente Iván Duque que en el término de cinco días hábiles responda a fondo el derecho de petición presentado el 14 de marzo.