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Las comunidades que podrían quedar exoneradas del Servicio militar obligatorio en Colombia. Getty

Libreta Militar

Las comunidades que podrían quedar exoneradas del servicio militar obligatorio en Colombia

La Procuraduría envió un concepto a la Corte Constitucional sobre la Ley 1861 de 2017 que reglamenta el servicio de reclutamiento.

22 de julio de 2021

La Procuraduría General de la Nación pidió extender a los integrantes de las comunidades afrocolombianas, raizales, palenqueras y ROM certificadas por el Ministerio del Interior, la exoneración de prestar el servicio militar obligatorio que gozan los miembros de los pueblos indígenas.

Así lo señaló el Ministerio Público en un concepto sobre la Ley 1861 de 2017 que reglamenta el servicio de reclutamiento que envió a la Corte Constitucional, tras señalar que la norma solo hace referencia a los individuos que pertenecen a los pueblos indígenas, con lo cual el legislador incumplió el deber de conceder igual reconocimiento y respeto a los diferentes grupos étnicos del país.

Indicó que esa exclusión carece de una razón suficiente, pues en el cuerpo de la norma y en sus antecedentes legislativos no se encontró una argumentación dirigida a justificar dicha determinación.

La Procuraduría precisó que esa omisión del legislador genera una desigualdad negativa, pues mientras los miembros de grupos indígenas no deben obligatoriamente prestar el servicio militar o pagar la cuota de compensación respectiva, los individuos pertenecientes a otros grupos étnicos diversos sí tienen dichos deberes.

Además, el Ministerio Público advirtió que la norma demandada genera “un escenario de desigualdad por razones de raza, contrario a lo ordenado por el artículo 13” de la Constitución.

Por tal motivo, la Procuraduría solicitó declarar constitucional la expresión ‘indígenas’ contenida en la norma demandada, en el entendido que incluye a los individuos que acrediten su integridad cultural, social y económica en relación con las comunidades afrocolombianas, raizales, palenqueras o ROM certificadas por el Ministerio del Interior.

¿Cómo sacar la libreta militar?

Además de obtener su cédula, los hombres que cumplen la mayoría de edad deben ocuparse de otro trámite importante: obtener la libreta militar.

Ahora, gracias a los avances tecnológicos, este proceso se ha simplificado y los jóvenes no tienen que hacer muchas vueltas para conseguir el documento.

Los pasos que deben seguir los jóvenes para obtener el documento:

El primero es consultar la página web www.libretamilitar.mil.co, crear una cuenta y activarla.

En la misma página deberán consultar cuál es la situación militar en la cual se encuentran y adjuntar una serie de documentos que exige el Ejército Nacional.

Posteriormente, su proceso se le asignará a uno de los 60 distritos militares del país, desde donde serán citados a una concentración militar y les dirán cuál es la documentación necesaria para asistir a la cita.

En la cita se les realizará un examen psicofísico que, de resultar bueno, hará que el candidato sea apto y tendrá que prestar el servicio militar. Si por el contrario tiene alguna contraindicación médica, se le pedirán unos documentos para pagar una liquidación y la cuota de compensación.

Esta cuota, que equivale al valor del documento, se calcula de acuerdo con el patrimonio de los padres o el personal y según los ingresos de padres o los personales, el primero en el caso de que todavía dependan económicamente de ellos.

Algunos de los documentos que se exigen para entregar el documento, de acuerdo con El Tiempo, son unas fotografías de 2x5 y 4x5 en fondo azul, la cédula o tarjeta de identidad, la cédula de los padres y el soporte de exención de ley, en caso de que lo tenga.

Casos en los que se está exento

Existen algunos casos en los que los hombres pueden apelar a la decisión tomada por el Ejército Nacional, así como 16 exenciones:

- Ser hijo único.

- Tener padres incapacitados o mayores de 60 años.

- Tener un hermano muerto o con discapacidad por cuenta del servicio militar.

- Discapacidad relativa y permanente.

- Que sea un trabajador independiente.

- Que sea indígena.

- Ser huérfano de padre o madre y que su trabajo sea lo que ayude al mantenimiento de sus hermanos.

Por otra parte, hay otros datos importantes que deben tener en cuenta los jóvenes y es que solo los hombres entre los 18 y los 24 años deben prestar el servicio militar. Para aquellos que tienen entre 24 y 50 años y no han legalizado su situación militar ,deberán hacer el proceso, aunque ya no deben prestar servicio militar sino comprar la libreta.

Quienes están estudiando, sea en el colegio o en la universidad, reciben una libreta militar que tiene una duración de dos años con la posibilidad de ampliarla a cuatro, pero en el caso de terminar sus estudios antes de los 24 años, tendrán que presentarse ante el Ejército para confirmar si deben o no pagar el servicio.

En caso de perder la libreta, la persona debe acercarse a cualquier distrito del país con el denuncio de la Policía Nacional y cancelar un total de $ 124.000.

También es importante tener en cuenta que ahora no es obligatorio presentar la libreta militar para poder graduarse de la universidad ni pueden exigirla como requisito para ingresar a un trabajo, así que en la universidad no le pueden negar su diploma si no la entrega ni en el trabajo negarle su contratación.

Finalmente, vale la pena recordar que en 2019 se firmó la Ley 1961, que reglamentó que un total de 691.000 remisos infractores tendrán que aclarar su situación militar actual y pagar la libreta.