La JEP, la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas y la Comisión de la Verdad solicitaron al defensor del Pueblo un informe para frenar el incremento de violencia denunciado por las comunidades y organizaciones de la sociedad civil.
La JEP, la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas y la Comisión de la Verdad solicitaron al defensor del Pueblo un informe para frenar el incremento de violencia denunciado por las comunidades y organizaciones de la sociedad civil. | Foto: UPDB

Nación

Las razones de la JEP para reconocer al Partido Comunista Colombiano como víctima

La decisión se dio en el marco del denominado caso 06, víctimización de miembros de la Unión Patriótica.

26 de mayo de 2021

Debido a que el Partido Comunista Colombiano demostró que sufrió hechos victimizantes durante el conflicto armado, que afectaron a 1.200 personas entre 1958 y 2016, la JEP acreditó a esta colectividad en el marco del caso 06: ‘Victimización de miembros de la Unión Patriótica (UP) por parte de agentes del Estado’.

La JEP, este miércoles, tomó la decisión de reconocer que el Partido Comunista sufrió múltiples hechos victimizantes, entre ellos, los relatados en el informe entregado a la Sala de Reconocimiento, ‘Banderas Rojas en Vuelo Libertario’, en el que describen 100 casos representativos de la violencia contra esa colectividad y un universo de 1.200 víctimas en un período de 58 años.

En ese documento el partido político expone que “durante más de cinco décadas” y agregan que “hubo más de 304 homicidios, 35 desapariciones forzadas, desplazamientos forzados en las tres regiones priorizadas (Meta, Magdalena Medio y Urabá), que buscaban desestructurar al Partido Comunista y la JUCO en el ámbito local, regional y nacional”.

Según el alto tribunal, los magistrados Catalina Díaz, de la Sala de Reconocimiento de Verdad, y Gustavo Salazar, de la Sección de Ausencia de Reconocimiento, concluyeron que el Partido Comunista deberá ser acreditado como víctima colectiva, “en atención a su militancia, simpatía, movilización o identidad compartida con la Unión Patriótica”.

En la decisión, los magistrados aclararon que el caso 06 “no se dirige a esclarecer todo tipo de violencia política. En cambio, se centra en esclarecer los hechos cometidos en contra de la UP ‘como un movimiento amplio, pluralista y de convergencia democrática, en el que debían tener cabida todas las vertientes políticas y los sin partido’”.

La JEP advierte además que el reconocimiento otorgado como víctima colectiva le confiere al Partido Comunista Colombiano la posibilidad de obrar como interviniente especial dentro de todos los procesos que se realicen en el caso 06, lo que garantizará sus derechos a la justicia, a la verdad plena, a presentar y solicitar pruebas y a la asistencia jurídica y sicológica.

Anota además el tribunal especial que el trámite de acreditación comenzó el 30 de diciembre de 2020 cuando Jaime Caicedo Turriago, en representación del Partido Comunista, presentó un memorial ante la JEP en el que manifestó su voluntad de ser reconocido y acreditado como víctima colectiva en el caso 06.

Además, la colectividad aseguró que “en esa misma época fueron víctimas de un sinfín de amenazas que terminaron con homicidios como los de Jaime Pardo Leal, Manuel Cepeda, Teófilo Forero y su esposa Leonilde Mora, también militante del Partido Comunista, el dirigente del comité central Antonio Sotelo y José Antonio Toscano, escolta y militante del PCC”.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos comenzó hace pocos meses una audiencia de cinco días por una demanda contra el Estado colombiano, por el supuesto exterminio y violaciones a los derechos de unos 6.000 miembros de la Unión Patriótica a lo largo de 20 años a partir de 1984.

La Corte IDH, con sede en Costa Rica, llevará a cabo la audiencia de manera virtual debido a la pandemia de la covid-19 y se prevé que concluya el próximo viernes tras haber declarado testigos y peritos y se hayan expuesto los alegatos orales finales de las partes.

En 2018 fue presentada esta demanda por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en la que se advierte que “el caso se relaciona principalmente con un exterminio compuesto de múltiples y sucesivas violaciones al derecho a la vida, desapariciones forzadas y desplazamientos de particular gravedad y magnitud, y tiene un carácter emblemático en Colombia”.

De esta manera, la JEP se pronuncia finalmente sobre el rol que tendrán como víctimas quienes hicieron parte de esa colectividad política.