Judicial
Las razones del Consejo de Estado para negar demanda que pedía “muerte política” de Gustavo Petro
La decisión fue confirmada este martes por el Consejo de Estado.
Este martes, el Consejo de Estado negó una nueva demanda que se había presentado ante el alto tribunal contra la investidura del senador Gustavo Petro, es decir, se estaba pidiendo su muerte política. El argumento principal es que debía haber un pronunciamiento de fondo luego de que el senador Petro hiciera un llamado a la “desobediencia civil’.
Para José Manuel Abuchaibe -abogado que radicó la solicitud y que es recordado por sacar del Congreso de Antanas Mockus, ante una inhabilidad para participar en los comicios-, Petro había supuestamente violado el régimen de incompatibilidades al valerse de su condición de senador para proferir juicios contra instituciones estatales y contra el propio Iván Duque, al que desconoció como presidente de Colombia por el supuesto apoyo que recibió en su campaña del Ñeñe Hernández.
¿Puede un senador de la República de Colombia irrespetar a las autoridades legítimamente constituidas como lo son el presidente, fiscal, registrador y alcalde de Bogotá, declarando no reconocer legitimidad en el presidente Duque por haber sido elegido por el narcotráfico y solicitando a la comunidad desobediencia civil y dejar de pagar los servicios públicos?”, fue la tesis que argumentó Abuchaibe en su demanda.
El Consejo de Estado, al decidir negar la demanda, no compulsará copias al Congreso de la República por este tema. De igual manera, se ordena en la decisión que tan pronto se tenga ejecutada la decisión, deberá ser comunicada a la Mesa Directiva del Senado, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio del Interior.
El argumento del demandante fue un supuesto llamado a la “desobediencia” que a juicio del abogado Abuchaibe hizo Petro en julio de 2020. Petro, por medio de una columna, señaló que el presidente Duque ganó con fraude. El senador Petro hizo un llamado en ese momento a “desobedecer” a Duque e incluso dejar de pagar los servicios públicos.
El senador aseguró que no se puede obedecer a ningún presidente “ilegítimo” y enlistó una serie de acciones de lo que significaba, a su juicio, ese acto de no reconocimiento.
Una de ellas, por ejemplo, es no llevar los niños al colegio, pues este tipo de aperturas están llevando a la sociedad a un matadero. “Desobediencia civil” fue la expresión que utilizó el líder de la Colombia Humana. Pero en esa serie de acciones había otros puntos que no tenían que ver con razones epidemiológicas. Petro habló de uno en particular: no pagar los servicios públicos.
“Irrespeta la dignidad parlamentaria que obtuvo por ley y que utiliza, dado su reconocimiento e importancia social e institucional, para influir sobre la comunidad, crear pánico y zozobra”, advierte la demanda.
Entre las pruebas que tuvo en cuenta el Consejo de Estado, está un concepto de la Procuraduría a través de la delegada Idayris Carrillo, señalando que los pronunciamientos que hizo Petro no justificaban pérdida de investidura: “Dichas manifestaciones podrían ser materia estudio en un escenario distinto al judicial, por la eventual transgresión a las disposiciones del estatuto del congresista; el legislador no consagró como una causal grave que posibilitara imponer la pena consistente en la pérdida de investidura”, señaló la procuradora.
Y agregaba el concepto: “es claro que toda manifestación de los servidores públicos se debe entrar a valorar desde el principio de responsabilidad con el conglomerado social, pasando por la protección de los derechos fundamentales. En gracia de discusión, considera esta delegada que dichas manifestaciones podrían ser materia de estudio y debate en un escenario distinto al judicial por la eventual trasgresión de las disposiciones del estatuto del congresista, si así lo considera esta Sección y realiza las revisiones correspondientes en la sentencia”.
Noticia en desarrollo.