Las razones por las que la Procuraduría inhabilitó a exdirector de Cardique / Foto: Cardique.gov.co | Foto: Cardique.gov.co

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Las razones por las que la Procuraduría inhabilitó a exdirector de Cardique

El Ministerio Público consideró que Olaff Puello Castillo incurrió en irregularidades de contratos por cerca de 17 mil millones de pesos.

11 de julio de 2020

Por irregularidades en la contratación de trabajos para retirar sedimentos y vegetación del cauce de caños, canales, arroyos y reservorios, por cerca de 17 mil millones de pesos, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 18 años al exdirector de la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique –Cardique-, Olaff Puello Castillo.

Por los mismos hechos, el Ministerio Público sancionó con destitución e inhabilidad de 16 años a la exsubdirectora de Planeación de la misma entidad, Katherine Martelo Fernández (2015-2018).

En fallo de primera instancia, el órgano de control estableció que hubo fraccionamiento y cartelización en la firma de los contratos, pues fueron suscritos 135 mediante la modalidad de selección abreviada con el mismo objeto y actividades a ejecutar, sin tener en consideración que a través de un proceso de licitación pública se habría podido desarrollar con austeridad, eficiencia, transparencia y responsabilidad la escogencia de uno o varios contratistas.

Por ejemplo, dijo el órgano de control, se les permitió reducir el amparo de la póliza de responsabilidad civil extracontractual al 5 por ciento del valor del contrato, cuando la misma, por norma, debía corresponder a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Así los contratistas lograron disminuir el precio a pagar por concepto de prima a la aseguradora.

La Procuraduría señaló, además, que esa red de contratistas se conectaba “a través de la figura del director o residente de obra, factor de ponderación propuesto y sostenido por Cardique a lo largo de los 135 procesos de selección, y que a la larga favorecía a este grupo de personas naturales y jurídicas”.

Adicionalmente, para firmar los contratos se fijaron requisitos habilitantes que impidieron la selección de ofertas más favorables para los intereses de la entidad, toda vez que las condiciones de experiencia mínimas requeridas para participar fueron desproporcionadas, según señaló la Procuraduría.

Para el órgano de control, las irregularidades presentadas en los procesos de selección ocasionaron el incumplimiento de los fines de la contratación estatal, pues la entidad “no estableció ni solicitó a través de sus funcionarios evidencias suficientes del desarrollo, avance y finalización de las obras, lo cual impidió conocer en forma debida, cuáles fueron los resultados de la ‘relimpia’, las mejoras ambientales presentadas en cada uno de los puntos intervenidos, la población beneficiada en los municipios, las acciones preventivas o informativas sujetas al cuidado del agua y la generación de empleos por cuenta de la suscripción de los contratos”.