Nación
Atentos: este es el decreto de Petro que debilita a la Policía y deja desprotegidos a los ciudadanos: “Debe privilegiarse el diálogo”
A través de un decreto presidencial, se conoció que el jefe de Estado le ordenó a la Policía utilizar la fuerza como último recurso.
El excomandante de la Policía de Bogotá, el general en retiro, Eliécer Camacho, reaccionó a la nuevas órdenes que le entregó el presidente Gustavo Petro a la Policía, en donde advirtió que el uso de la fuerza es el último requisito al que deben acudir los uniformados.
De acuerdo con el Decreto 1231 del 2024 —el cual contiene las nuevas órdenes en 18 páginas—, los uniformados deben acudir antes de usar la fuerza a métodos disuasivos para evitar confrontaciones entre la autoridad y los civiles.
“El personal uniformado de la Policía Nacional utilizará, en la medida de lo posible, medios preventivos y disuasivos antes de recurrir al uso de la fuerza o a las armas de fuego”, indica el decreto presidencial.
Agrega el documento que: “el uso de la fuerza y de armas de fuego solo se permitirá cuando los demás medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera la consecución del objetivo previsto. Este principio orienta la toma de decisiones sobre si es necesario emplear la fuerza y, en caso afirmativo, cuánta fuerza debe utilizarse y durante cuánto tiempo”.
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El decreto además indica que los policías tiene que cumplir determinadas condiciones al momento de hacer uso de la fuerza.
a) Todo motivo de policía en el que se haga uso diferenciado y proporcional de la fuerza se comunicará a sus superiores.
b) Los funcionarios no están obligados a obedecer una orden ilícita.
e) No podrá alegarse el acatamiento de órdenes superiores para eludir responsabilidades en caso de abuso de estas normas.
d) En concordancia con lo establecido en el parágrafo del artículo 2.5.14.2.5. del presente Decreto, en el reporte del uso de la fuerza deberá indicarse la naturaleza de la actividad de policía que haya sido prestado, así como las condiciones de tiempo, modo y lugar que justificaron dicho empleo.
Para el general en retiro, Eliecer Camacho, en el momento que se presenten hechos que alteren el orden público, se necesita poder diferenciar con exactitud a las personas que estén causando daños, o actos vandálicos.
“En las protestas cuando se trata de capturar a quienes está generando los hechos violentos, se presentan otras acciones, como la de otros que tratan de impedir que se hagan efectivas las capturas y ahí se presentan los enfrentamientos, al policía le queda muy difícil diferenciar en ese momento a los violentos”, indicó Camacho.
Sobre la proporcionalidad en el uso de la fuerza, la Presidencia de la República estableció los siguientes parámetros: “El nivel de fuerza utilizado, los medios y los métodos empleados deben ser acordes con las variables de conducta, lo cual implica una valoración entre la situación a la que se enfrenta el uniformado y su respuesta, considerando el daño potencial que podría ser ocasionado. Así, los uniformados deben aplicar un criterio de uso diferenciado de la fuerza, determinado según el grado de cooperación, resistencia o agresión de parte de la persona a la cual se pretende intervenir y, con ello, emplear tácticas de control o uso de fuerza, según corresponda”.
Sobre la utilización de armas menos letales, (AML) que por lo general se emplean en medio de movilizaciones que se salen de control, señala la Presidencia de la República que: “las AML deben ser el último recurso en la actividad de Policía, y siempre debe priorizarse el diálogo”.