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Ley de procedimiento de la JEP pasa en el Congreso, pero el último pulso será en la corte
El Senado aprobó las normas de procedimiento de la JEP con los severos ajustes que impuso el Centro Democrático. Artículos que establecen cambios en las reglas de juzgamiento para los militares podrán ser demandados y se pondrán a prueba en el máximo tribunal de lo constitucional.
La suerte de la JEP tiene con dolor de cabeza al mundo político. Después de ocho intentos, este miércoles el Congreso sacó adelante la ley de procedimiento que hacía falta para reglamentar el nuevo órgano judicial. Pero el proyecto no salió como entró y los 74 artículos que fueron aprobados tienen severos ajustes -impulsados por el Centro Democrático- que transforman la génesis con la que fue creada la justicia de paz.
Dos artículos: el 53 y el 9 concentran los cambios más drásticos que se hicieron en la sesión de horas extras en el Senado de la República y que contó con la presencia de 73 senadores habilitados porque 26 de ellos presentaron impedimentos para no participar en la votación. Fue el acuerdo al que llegó el ministro del Interior, Guillermo Rivera, con la bancada del Centro Democrático, lo que permitió sacar adelante el proyecto que pasará a conciliación con la Cámara de Representantes antes de que termine la semana.
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Minutos antes de que acabara la sesión, la senadora Paloma Valencia, vocera del uribismo recorrió el capitolio agradeciendo a los parlamentarios que apoyaron el artículo 53 aprobado con el que limita las competencias de la JEP para evaluar casos de extradición. Tras esto, el senador Roy Barreras tomó la palabra y pidió votar en contra el artículo 9, que congela la comparecencia de miembros de la Fuerzas Armadas ante la JEP hasta tanto no se cree una sección especial con otros jueces que los juzguen.
Este artículo de lejos es el más delicado y de aprobarse reconfiguraría la JEP. Según el senador del Partido de la U, de prosperar el efecto práctico se le estaría dando la bienvenida a la Corte Penal Internacional para juzgar a los militares, pues la reconfiguración de la JEP conllevaría impunidad. En contraste a esas consideraciones el senador Alfredo Rangel, del Centro Democrático, argumentó que no habrá impunidad "no nos vengan con ese coco", aseguró. Y explicó que para el juzgamiendo de los militares se necesitan otros magistrados que garanticen imparcialidad.
La votación sobre este artículo fue: Sí: 27 No: 18. "Se aprueba", se escuchó en el recinto. Estos dos temas fueron los que provocaron la mayor discusión, el que proponía impedir a la JEP practicar pruebas para determinar la fecha en que se cometieron los presuntos delitos en casos de extradición, y otro que planteaba crear una sección especial dentro de la JEP para investigar y juzgar a miembros de la fuerza pública.
El gobierno se oponía a la inclusión de estos artículos porque esto desvirtuaría la JEP y sería inconstitucional. De nada sirvieron la carta que le enviaron los altos mandos militares a la senadora Paloma Valencia, pidiéndole a la bancada uribista aprobar el reglamento de la JEP tal como estaba diseñado, ni las intervenciones de los ministros del Interior, Guillermo Rivera, y Justicia, Enrique Gil, y los senadores Roy Barreras, Antonio Navarro y Jorge Robledo, entre otros.
Después de votar los puntos en los que no había mayor diferencia, la senadora Paloma Valencia explicó los artículos propuestos por su bancada para la aprobación de los congresistas reunidos. La discusión se extendió por más de dos horas mientras que representantes del gobierno, opositores y los senadores defensores del nuevo modelo de juzgamiento, presentaban sus argumentos para apoyar o no las modificaciones presentadas por el uribismo.
El artículo propuesto sobre la extradición fue aprobado por 31 votos contra 14, mientras que el de juzgamiento a los militares con 27 a 18. Con esto, quedan resueltos los principales reparos del presidente electo, Iván Duque, para la aprobación. El primero, que la Corte Constitucional se pronunciara sobre si podría existir un eventual vicio de trámite. Y el segundo, que el gobierno escuchara las peticiones que tiene la bancada del Centro Democrático.
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La ley, con las controvertidas modificaciones incorporadas, ahora pasará a manos de la Corte Constitucional en donde será sometida a una revisión. Esta instancia puede aprobar total o parcialmente la ley que el Congreso dio a luz en medio de una tormenta.
¿Qué sigue?
El tiempo corre contrarreloj contra la Jurisdicción Especial de Paz que se encargará de investigar y juzgar los delitos cometidos en el marco del conflicto. Son cuatro días hábiles los que quedan para terminar de tramitar la iniciativa que tendrá que ser conciliada con el proyecto que aprobó la Cámara de Representantes la semana pasada. De lo contrario, si naufraga, arranca de ceros en la nueva legislatura que se instala el 20 de julio y con la participación de la Farc. La situación es tan compleja que aunque miles de exmilitares y exguerrilleros ya se acogieron a la justicia que delineó el acuerdo, todavía no están claras las herramientas procesales que seguirán los involucrados ante los magistrados y las salas.
Tanto la vía jurídica como la política han tenido bloqueado el trámite en el Congreso. Primero, porque desde las toldas uribistas se condicionó la votación a que la Corte Constitucional se pronuncie sobre la exequibilidad o no de la ley estatutaria de la JEP. Aunque este miércoles esa discusión fue la que se disolvió, falta ver qué pasa en la conciliación teniendo en cuenta que fueron incluidos dos ajustes que a la fecha no había sido contemplados y que nunca discutió la otra corporación.
Quienes no ven con buenos ojos el triunfo de uribismo en el Capitolio creen que difícilmente el ajuste en favor de las Fuerzas Armadas pasará el filtro de la Corte Constitucional, que ante eventuales demandas tendrá que definir cómo quedará reglamentada la JEP y bajo qué parámetros se tendrá que ceñir. Al final de la implementación las fuerzas se invirtieron. Y, sin contar la oposición del Centro Democrático que siempre existió, el gobierno se quedó sin con quien para sacar adelante los puntos del acuerdo como los tenía previstos. Aunque el nuevo inquilino todavía no tiene las mayorías holgadas, esta semana quedó claro que tienen la fuerza suficiente para volver realidad la promesa de campaña de hacerle ajustes al acuerdo "para que las víctimas de verdad sean el centro de la negociación”. El problema, sin embargo, es que para expertos como Juanita Goebertus “dilatar el proceso legislativo no contribuye a satisfacer sus derechos”.
En esencia, los 74 artículos que componen la ley de procedimiento, delinean el camino que encararán los postulados a la JEP y las víctimas en busca de la reparación de sus derechos. Es decir, las herramientas procesales que se necesitan para que los magistrados de la justicia transicional cumplan sus funciones sin ir en contravía de normas constitucionales, legales y reglamentarias. Su propósito principal es complementar en aquello que sea estrictamente necesario a la ley estatutaria. En el caso de Jesús Santrich, por ejemplo, termina de delimitar hasta dónde llega la intervención de la JEP y aclara en qué casos procede la expulsión como beneficiario del modelo de justicia transicional.