BOGOTÁ
Licencia de conducción: estos son los requisitos para solicitar el duplicado en Bogotá
El interesado deberá estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.
Hay quienes se preguntan cuál es el proceso y ante quién se solicita un duplicado de una licencia de conducción, ya sea de vehículo o motocicleta, en Bogotá.
Pues bien, este es un trámite que el interesado deberá realizar ante la Ventanilla Única de Servicios y que tienen un valor de 121.100 pesos.
Si se trata de un duplicado de Tarjeta de Registro, maquinaria agrícola, de construcción e industrial autopropulsada, remolques y semiremolques, el valor también es el mismo, es decir 121.100 pesos.
Para realizar este trámite, la persona podrá llevarlo a cabo en cualquiera de los puntos de atención que tiene habilitados la Ventanilla Única de Servicios, pero primero deberá agendarlo en la página web con su usuario y contraseña.
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Si la persona no cuenta con usuario, y por ende contraseña, deberá crearlo para poder ingresar y agendar la cita.
Para sacar el duplicado de la licencia de conducción también se deben cumplir unos requisitos que se describen a continuación.
- Las personas naturales o jurídicas deben estar debidamente inscritas en el sistema Runt.
-Deberá presentar el documento de identidad original y diligenciar un formulario de solicitud.
- Contar con el Soat vigente incorporado en el Runt.
- Tendrá que estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.
- Pagar los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).
- En caso que se persona jurídica, verifican existencia y representación legal en el sistema Rues.
Personas sordas ya pueden acceder a licencias de conducción
El Ministerio de Transporte expidió una resolución que empezó a regir desde el pasado 1 de junio y que permite que las personas con sordera profunda puedan acceder a licencias de conducción en el país para manejar vehículos particulares.
En días pasados, viceministro de Transporte, Camilo Pabón, afirmó que no existe una relación entre las limitaciones auditivas y la tasa de siniestros viales.
“En la resolución expedida el 31 de mayo de 2022, concluimos que para vehículos destinados al servicio particular, la información consultada y obtenida, no muestra que haya resultados concluyentes para la asociación entre limitaciones auditivas y la tasa de siniestros y habilidades para conducir”, dijo en su momento el funcionario.
El viceministro también añadió que las personas con pérdida auditiva entre 26 y 40 decibeles (leve) no deben realizar ningún tipo de modificación al automóvil que van a conducir; sin embargo, una persona con perdida auditiva entre 41 a 55 decibeles (moderada) requiere que su vehículo tenga ayuda audiovisual adicional: un espejo retrovisor panorámico interior, dos espejos laterales convexos y portar el símbolo de sordera visible en el auto para el resto de los conductores.