Nación
Litigio entre Colombia y Nicaragua: ¿qué es lo que define este jueves la CIJ y cómo se vería afectada San Andrés?
La Corte Internacional de Justicia resolverá una demanda presentada ante ese tribunal por Nicaragua.
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitirá el jueves su sentencia sobre la última demanda pendiente entre Colombia y Nicaragua, que busca ampliar su plataforma continental más allá de las 200 millas contadas desde su costa, una zona rica en recursos naturales.
El fallo del máximo órgano judicial de las Naciones Unidas responderá a una demanda interpuesta por Nicaragua en 2013, en la que el país centroamericano reclamó al tribunal, con sede en La Haya, delimitar su plataforma continental en el mar Caribe, una zona que se refiere a la prolongación submarina del territorio.
Managua alega que tiene derechos sobre el lecho y subsuelo marino más allá de las 200 millas náuticas establecidas por el derecho internacional, aunque esto supone solaparse con la plataforma continental de Colombia por el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Un fallo del CIJ de 2012 reafirmó la soberanía colombiana sobre estas islas, situadas a unos 110 kilómetros de la costa nicaragüense, al tiempo que otorgó a Managua una mayor extensión de sus zonas marítimas.
El tribunal anunciará si acepta o rechaza la demanda de la nación presidida por Daniel Ortega, en una disputa que versa sobre una área marítima rica en recursos naturales y con gran abundancia de peces.
Argumentos de Colombia y Nicaragua
Concretamente, la corte de La Haya deberá zanjar, por un lado, si existen criterios en el derecho internacional consuetudinario [normas jurídicas no escritas, pero basadas en las costumbres] que determinen el límite de la plataforma continental más allá de las 200 millas.
Y por otro, si el derecho de un Estado a una plataforma continental extendida puede solaparse al espacio de 200 millas náuticas de otro Estado.
Nicaragua defiende que tanto el derecho consuetudinario como el artículo 76 de la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar ofrecen una cobertura legal a su demanda.
Pero Colombia, que no ha ratificado dicha Convención, argumenta que Managua “no demostró científicamente que tiene una plataforma continental” que se extiende más allá de 200 millas.
Según un comunicado de la cancillería, el gobierno de Gustavo Petro alega además que dicha ampliación de la plataforma “no debería ser considerada como parte del derecho internacional consuetudinario”.
En el centro del reclamo está el potencial pesquero del área y la posible exploración y explotación de petróleo y gas.
“En esta disputa están en juego zonas marítimas muy ricas en biodiversidad, recursos pesqueros, belleza paisajística, pero también recursos naturales como hidrocarburos (gas y petróleo)”, señaló a la AFP Nicolas Boeglin, profesor de Derecho Internacional Público de la Universidad de Costa Rica.
El litigio por este preciado espacio se remonta a 1928, cuando ambos países firmaron un tratado que reconocía la soberanía de Colombia sobre el archipiélago de San Andrés.
Managua, que desconoce la validez del acuerdo, presentó una primera demanda ante la CIJ en 2001, resuelta en 2012 cuando el tribunal le otorgó una área de aproximadamente 75.000 kilómetros cuadrados en el mar Caribe, pero ratificó la soberanía de Colombia sobre el archipiélago.
De esa forma, el fallo dejó a estas islas rodeadas de aguas territoriales nicaragüenses, una situación que derivó en otra disputa por la presencia de navíos colombianos en la zona.
A raíz del dictamen de 2012, el gobierno colombiano se retiró del Pacto de Bogotá, un instrumento que precisamente reconoce la jurisdicción de la CIJ para este tipo de controversias.
En 2013, Nicaragua presentó otra demanda ante la CIJ para exigir a Colombia que se abstuviera de violar los espacios marítimos. Colombia contrademandó a su vez a Managua por afectar la vida de la población raizal que vive de la pesca artesanal en estos territorios.
La corte dictaminó, en abril de 2022, que Colombia había violado “los derechos soberanos y jurisdiccionales” de Nicaragua.
La CIJ fue creada en 1946 para resolver disputas entre Estados. Los países están obligados a aceptar e implementar las sentencias, que son definitivas y no pueden ser objeto de apelaciones.
*Con información de AFP.