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Lo último | JEP abrirá incidente de incumplimiento contra siete exintegrantes de las Farc investigados por secuestro
Los exguerrilleros no atendieron los llamados de la JEP a comparecer dentro del macro-caso 01.
La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, le solicitó a la Sala de Amnistía o Indulto de esa misma jurisdicción que abra un incidente de incumplimiento contra siete exintegrantes de las Farc-EP que no atendieron los llamados para rendir sus versiones dentro del Caso 01, que investiga los secuestros perpetrados por las Farc-EP.
La solicitud de apertura de incidente de incumplimiento se da contra Martín Francisco Puerta Henao, conocido en la guerra como Argemiro o El Viejo; Aldo Manuel Moscote Fragoso, alias Lucas Iguarán; Jaime Aguilar Ramírez, conocido como Dionisio Rayo; Juan Duque Nieto, alias Chucho Díaz; Julián Saavedra Sánchez o William Sánchez; Olivo Guantiva Moreno, ‘Robledo’, y Bladimir Vallén Garzón, ‘Ovidio Matallana’.
Todos ellos fueron miembros de los Bloques Noroccidental, Caribe, Sur y Oriental de las Farc-EP. De acuerdo con el Auto 682 de 2023 del Caso 01, los exguerrilleros presuntamente han incumplido el régimen de condicionalidad tras firmar el acuerdo de paz, en concreto, la obligación de aportar verdad, detallada y exhaustiva ante la justicia transicional por no acudir a las versiones voluntarias a las que fueron convocados.
“En los casos de Martín Francisco Puerta, Jaime Aguilar Ramírez, Juan Duque Nieto y Bladimir Vallén Garzón, los comparecientes suscribieron el acta de compromiso que los obligaba a “informar todo cambio de residencia a la autoridad competente de la Jurisdicción Especial para la Paz”, dice la JEP.
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“En el caso de Aldo Manuel Moscote Fragoso, el exFarc-EP fue beneficiado con libertad condicionada, según la Resolución SAI 007 del 26 de febrero de 2021. No obstante, el sistema no reporta suscripción de su acta de compromiso”, agregó la Jurisdicción.
La JEP recordó que “el régimen de condicionalidad es un requisito con el que deben cumplir todos los comparecientes ante la JEP y el Sistema Integral para la Paz. El incumplimiento de ese régimen puede acarrear la pérdida de tales beneficios e incluso suponer la expulsión de la Jurisdicción”.
Así mismo, la JEP señaló que las condiciones esenciales que deben cumplir los antiguos integrantes de las extintas Farc-EP para que su proceso sea competencia de esa justicia transicional, entre otras cosas, incluye la suscripción del Acuerdo Final de Paz, la dejación de las armas y la firma del sometimiento ante la JEP. Estas medidas buscan garantizar el compromiso total con la paz, las víctimas y la reconciliación del país.
De acuerdo con la Jurisdicción Especial, a la fecha, el caso 01 relacionado con los secuestros cometidos por las Farc, ha tenido 80 diligencias de versiones individuales y colectivas a las que se han vinculado 381 comparecientes de la extinta guerrilla.
De este total, cuatro comparecientes aún deben rendir versión individual, dos se encuentran extraditados en los Estados Unidos y no han podido ser versionados, tres fueron asesinados, seis han fallecido de enfermedad o vejez y ocho no se presentaron ante la JEP, ni presentaron una excusa justificada de su inasistencia.