Nación
Los argumentos con los que la defensa de Álvaro Prada pide a la Corte Suprema preclusión del caso
Tanto los alegatos como el recurso de reposición ya fueron radicados para tumbar la decisión que mantiene la investigación en manos de la Sala de Instrucción.
SEMANA tuvo acceso al documento de 81 páginas que fue presentado ante la Corte Suprema, con los alegatos, a través de los cuales la defensa de Álvaro Prada busca que su proceso, por presuntamente incurrir en manipulación de testigos, precluya. Cabe recordar que Prada es investigado en un proceso derivado del denominado Caso Uribe.
“Esta defensa, desde que asumió recientemente la representación del Dr. Álvaro Hernán Prada Artunduaga, ha procurado evitar escenarios paralelos, como las redes sociales y los medios de comunicación, y se ha centrado en presentar sus argumentos exclusivamente jurídicos por las vías legalmente establecidas. Más allá de los desencuentros y debates propios de la interpretación normativa y de la valoración probatoria, que habilitan la utilización de diferentes mecanismos, recursos y acciones, las discusiones no se han escalado ni deben escalar a los planos personales ni políticos, que son impertinentes en este escenario”, señala la primera parte del documento dirigido al magistrado César Reyes.
La decisión de mantener el caso en manos de la Corte Suprema se tomó, precisamente, con ponencia del magistrado Reyes, quien en su momento fue quien elaboró la tesis para que el expresidente Uribe fuera detenido en su lugar de residencia. De hecho, Prada ha criticado al magistrado señalándolo de tener, supuestamente, sesgo político.
Aunque el Caso Prada es derivado de la investigación por presunto fraude procesal y soborno que involucra al expresidente Uribe Vélez y cuya competencia pasó a manos de la Fiscalía, la defensa del exrepresentante Prada, en cabeza del abogado José Mestre advierte: “Con independencia de esta solicitud de preclusión, que se espera sea acogida, la responsabilidad del expresidente Uribe por sus conductas será objeto de análisis autónomo en sus propios contextos y no debe incidir en este asunto, referido exclusivamente, se reitera, a las conductas del Dr. Prada Artunduaga”.
Y agrega: “Por eso mismo, hechos que ocurrieron paralelamente, como lo relacionado con el Dr. Diego Cadena o con el señor Pardo Hasche, que aparecen ampliamente documentados en el expediente, deben ser limitados en su pertinencia, para referirse exclusivamente a la participación del Dr. Prada Artunduaga. La ausencia del expresidente Uribe Vélez hace que el objeto concreto de la decisión se reduzca sustancialmente, pues solamente tienen pertinencia concreta las cuestiones que se deriven de la nefasta participación de Carlos Eduardo López...”.
Señala otro aparte que la Sala Especial de Instrucción le ha otorgado demasiada importancia a una serie de testigos que realmente no aportan mucho. “Juan Guillermo Monsalve, Deyanira Gómez y el propio senador Iván Cepeda, a lo sumo, pueden declarar acerca del escenario uno; pueden confirmar, directa o indirectamente, que Monsalve recibió esos mensajes de parte de Carlos López. Y si saben leer, pueden referirse también a su contenido, sin poder aportar mucho más. Pero lo importante es que ello no ha sido puesto en duda. Lo que requiere investigación y verificación es lo que ocurría en el segundo escenario y su contrastación con el primero”, se lee en el documento.
Luego la defensa explica que Carlos López “ha declarado que en esos mensajes del escenario uno él dijo “mentirillas” a Monsalve, con el fin de convencerlo de hacer el video con su declaración. Esas “mentirillas” pueden ser confirmadas como tales, por contrastación con el escenario dos, gracias a la extracción de los mensajes de WhatsApp del celular del Dr. Prada Artunduaga. Adicionalmente, el Dr. Prada Artunduaga ha negado que su comunicación con Carlos López haya tenido los alcances que él refirió a Monsalve. El testimonio de Rodrigo Vidal confirma que nada de lo que Carlos López dijo a Monsalve se derivó de la conversación del martes 20 de febrero de 2018, en la que él estuvo presente”.
En otro aparte, la defensa de Álvaro Prada advierte que “no existe prueba que permita afirmar que el expresidente Uribe Vélez o su círculo conoció la información que López tenía sobre Monsalve, antes de la famosa llamada del Dr. Prada Artunduaga. Adicionalmente, tampoco se evidencia prueba de que mi defendido fue delegado con instrucciones claras, ya que no hay un testimonio o registro de llamada que permita dar claridad de las circunstancias de tiempo, modo y lugar de la aludida delegación”. En otras palabras, según la defensa, “no se puede afirmar de manera clara, precisa y sin contradicción que el Dr. Prada Artunduaga obró como delegado del expresidente Uribe Vélez”.
SEMANA consultó a analistas como el abogado Óscar Sierra, quien señala que: “Conforme la decisión tomada en el sentido de conservar la competencia, lo cierto es que contra ella no procede recurso alguno; así lo determina el código de procedimiento. Pese a ello, por tratarse de un tema de fondo que afecta garantía y derechos del procesado, debería ser susceptible de recursos, pero reiteró, no proceden por disposición legal”.