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Alias Firu y Érika de las disidencias de las Farc.
Alias Firu y Érika de las disidencias de las Farc. | Foto: Suministrada a SEMANA.

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Los peligrosos disidentes Farc en “caravana UNP” que quedarán en libertad. Son señalados de masacres y asesinatos de niños indígenas

La Fiscalía advirtió que al menos tres, de los siete capturados en la caravana de la UNP, quedarán en libertad. 

Redacción Semana
24 de julio de 2024

Tras la polémica por la libertad de Erlinson Echavarría Escobar, alias Ramiro, capturado en un operativo del Ejército y la Policía en carreteras del departamento de Antioquia, luego de detener la llamada “caravana de la UNP”, SEMANA conoció los nombres de los otros dos disidentes de las Farc que recibirán el mismo beneficio.

Se trata de Diana Carolina Rey Rodríguez, alias Erika, y Juan Antonio Agudelo Salazar, alias Urías Perdomo, los dos capturados en la misma caravana de la UNP en la que se movilizaba el peligroso delincuente conocido con el alias de Firu, responsable de masacres, ataques terroristas, desplazamiento y asesinato de niños indígenas.

Atención: disidentes de las Farc que se movilizaban en carros de la UNP fueron capturados

En el caso de alias Ramiro, la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, le ordenó a su directora contra las Organizaciones Criminales dejar a ese disidente de las Farc en libertad a partir de la resolución que suspendió las órdenes de captura contra quienes hacen parte de la mesa de diálogo con el gobierno.

Ahora, y seguramente en el caso de alias Erika y alias Urías Perdomo, se resolvió por el mismo procedimiento: que los dos hacen parte de las mesas de diálogo de las disidencias con el gobierno y en tal razón deben quedar en libertad. Una confusa decisión, duramente criticada por los expertos en derecho penal consultados por SEMANA.

Alias Erika es considerada una delegada del frente Carolina Ramírez que delinque en el departamento de Putumayo. Se trata de un grupo criminal señalado de infiltrar al Ejército y asesinar niños indígenas, todos al mando de alias Daniel Albizú. En el caso de alias Urías Perdomo, se sabe que es cabecilla del frente Rodrigo Cadete, señalado de múltiples crímenes como ataques terroristas, extorsiones y asesinatos.

Los expertos penalistas hicieron duros reparos a la decisión de la fiscal Luz Adriana Camargo que se convirtió en una orden directa para sus subalternos, para que dejen en libertad a los disidentes que en este caso fueron capturados en situación de flagrancia, cuando la competencia en estos casos es, exclusiva, de los jueces de control de garantías.

“La fiscal da la orden a la directora, cuando ella ni siquiera es la fiscal a cargo del proceso, así se rompe la autonomía judicial de los fiscales, porque los funcionarios conocen bien la dinámica de los procesos y deben acudir ante los jueces de control de garantías en casos de flagrancia, no puede simplemente definir o convertirse en jueces”, señalaron los expertos.

En el oficio, la fiscal Camargo explicó que a partir de la resolución firmada para suspender las órdenes de captura contra los disidentes de las Farc, supuestamente sentados en la mesa de diálogo, se extienden los beneficios para quienes son capturados en situación de flagrancia, un espacio jurídico que los expertos no comparten.

Esto tenía en su poder alias Ramiro al momento de la inspección de los vehículos de la UNP.
Esto tenía en su poder alias Ramiro al momento de la inspección de los vehículos de la UNP. | Foto: cortesía

“La suspensión de las órdenes de captura para, entre otros, Erlinson Echavarria Escobar, se otorgó por el término de CUARENTA Y CINCO días hábiles a partir de la fecha de expedición de la resolución, plazo que aún no ha fenecido. La suspensión de las órdenes de captura, como se dispone en la Resolución 282, se hace extensiva a las situaciones de flagrancia, de modo que, sírvase ordenar la libertad de Erlinson Echavarria Escobar, en tanto en virtud de esa decisión, no puede ser capturado”, señala el documento de la Fiscalía.

Los expertos advierten que las decisiones de la fiscal se puede entender como una violación a la independencia judicial de los fiscales y una usurpación de funciones de los jueces de control de garantías, los únicos competentes para resolver la libertad de los capturados en situación de flagrancia.