Nación
Los procedimientos médicos que ya no cubrirán las EPS a partir del 2022
Alargamiento de pene y rejuvenecimiento vaginal con fines estéticos hacen parte del listado.
El Ministerio de Salud de Colombia, en su Resolución 2273 de 2021, detalló el listado de servicios y tecnologías en salud que serán excluidas de la financiación con recursos públicos asignados a la salud. La normatividad será efectiva a partir del 1 de enero de 2022.
“La presente resolución tiene como objeto adoptar el nuevo listado de servicios y tecnologías en salud que serán excluidos de la financiación con recursos públicos asignados a la salud, contenido en el anexo técnico que hace parte integral de este acto administrativo”, señala el documento.
Dentro de los procedimientos médicos que serán excluidos del UPC (Unidad de Pago por Capitación) para 2022 destacan el alargamiento de pene con fines estéticos, así como la blefaroplastía (también con fines estéticos). Este último proceso consiste en la intervención quirúrgica para rejuvenecer los párpados.
El proceso conocido como cliteroplastia, intervención quirúrgica para restablecer la funcionalidad y el aspecto del clítoris, también será retirado del UPC. Dentro de otros procedimientos con fines estéticos que ya no recibirán financiamiento del Gobierno, aparecen en el listado:
Tendencias
- Corrección de ptosis de cejas por abordaje coronal.
- Dermoexfoliación con láser parcial o total.
- Dermoexfoliación media, profunda y superficial.
- Engrosamiento del pene.
- Gluteoplastia de aumento con dispositivo.
- Himenoplastia (procedimiento para reconstruir el himen, que es el tejido de la entrada de la vagina).
- Mamoplastia de aumento.
- Plastia de: cejas, labios menores, pantorrilla, pectorales de aumento, escroto, entre otros.
- Reducción de tejido adiposo en pared abdominal por liposucción.
- Rejuvenecimiento vaginal.
- Rinoplastia de aumento.
- Ritidectomía (eliminación quirúrgica de las arrugas).
Sumado a este tipo de procedimientos quirúrgicos con fines estéticos, el Gobierno también dejará de financiar a las EPS tratamientos como la inseminación artificial, suplementos dietarios, algunos medicamentos para casos específicos y toallas higiénicas, así como pañitos húmedos, papel higiénico e insumos de aseo.
Vale la pena destacar que los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC incluyen el condón masculino de látex para la prevención de infecciones de transmisión sexual y embarazo no deseado. De acuerdo con la Resolución 2292, su financiación está sujeta a la prescripción en consulta de planificación familiar o en consejería de conformidad con las normas que reglamenta esta resolución.
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“En el Régimen Contributivo, para recuperar y mantener el valor adquisitivo de la Unidad de Pago por Capitación de las tecnologías y servicios de salud que se venían financiado a través de la UPC, el incremento es del 5,42 % y en el Régimen Subsidiado de 6,33 %”, reveló la viceministra de Protección Social, María Andrea Godoy Casadiego.
Este, explicó el MinSalud, será el incremento que deben trasladar las EPS a las IPS, como tope máximo, independientemente de los manuales que vengan usando como referente tarifario en sus acuerdos de voluntades.
Cálculo del Régimen Subsidiado por sus afiliados
Cabe resaltar que, por primera vez en la historia del sistema, el incremento de la UPC del Régimen Subsidiado se pudo calcular a partir de la información de las EPS que operan este régimen, reflejando así el perfil epidemiológico propio de los afiliados a este régimen.
Godoy Casadiego confirmó recientemente que, gracias al apoyo de las EPS del Régimen Subsidiado y sus agremiaciones, Asociación de Empresas Gestoras del Aseguramiento en Salud en Colombia (Gestarsalud) y Asociación Nacional de Cajas de Compensación Familiar (Asocajas), se logró por primera vez en 18 años calcular una UPC para el Régimen Subsidiado a partir de la información de este mismo régimen.
Según la empresa especializada en el gerenciamiento de la información sectorial, la asistencia técnica y consultoría a empresas de la salud, Consultor Salud, este cambio es importante porque este ajuste se hace anualmente a la UPC del régimen subsidiado. Con base en los gastos de uso, estaba diseñada para ambos regímenes únicamente con la información del contributivo, dejando de lado las variaciones que pueden existir en la población de uno y otro régimen.