JUSTICIA
Macías se salva de la muerte política por intentar tumbar el trámite de objeciones a la JEP
Como presidente del Senado, interpuso una acción de tutela con la que intentó tumbar la votación con la que 110 representantes a la Cámara hundieron las objeciones a la JEP. De allí se desencadenó una batalla legal que acaba de ganar en el Consejo de Estado.
Uno de los episodios más recordados en el accidentado trámite de las seis objeciones presidenciales a la Ley Estatutaria de la JEP fue cuando el senador Ernesto Macías radicó una acción de tutela. Como presidente del Senado intentó tumbar por esta vía la arrolladora votación de los Representantes a la Cámara, que con 110 votos sepultaron la petición presidencial.
Esta jugada Macías, que fue declarada improcedente por la Judicatura, le costó a Macías un pleito de pérdida de investidura que acaba de ganar en el Consejo de Estado. Una vez se conoció de la acción de tutela, el senador Roy Barreras lo recusó al considerar que había un evidente interés directo en impedir y dilatar el debate.
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Pero Macías se negó a apartarse. De hecho, ese mismo día votó a favor de la reapertura del impedimento presentado por el senador del Centro Democrático Carlos Felipe Mejía. Los cuestionamientos alrededor del asunto fueron puestos en conocimiento de los jueces ya que para el demandante Manuel Andrés Manosalva Ojeda, el presidente del Senado debió abstenerse de votar.
"Nada demuestra que en efecto el acusado pretendiera dilatar los trámites de la aprobación de la respectiva ley con la interposición de la tutela o con su votación en la reapertura respectiva", Consejo de Estado.
Después de escuchar a las partes audiencia pública, el magistrado del Consejo de Estado Oswaldo Giraldo López sentó su veredicto. La decisión concluye que no observa en la decisión de reapertura del impedimento un interés "directo y actual". Tampoco halló una relación de causalidad entre la tutela interpuesta por Macías con un interés personal. "Nada demuestra que en efecto el acusado pretendiera dilatar los trámites de la aprobación de la respectiva ley con la interposición de la tutela o con su votación en la reapertura respectiva", indica la decisión.
Para el consejero, una sanción como la muerte política tiene graves consecuencias por lo que la sola ausencia de declaración de impedimento por parte del congresista no constituye causal. En este caso, el alto tribunal asegura que no se demostró que el congresista tenía que declararse impedido o abstenerse de votar la reapertura de un impedimento de otro senador por haber sido recusado.
"Ante la inexistencia de una pugna de sus intereses particulares frente al interés general, cabe concluir que no se presentó el interés directo, particular y actual; de manera que las pretensiones no pueden tener despacho favorable y por ello serán denegadas", dice.
La decisión del magistrado es de primera instancia y el caso podría pasar a la Sala Plena en caso de ser apelada. Por lo pronto, Macías se salva de la muerte política.