JUSTICIA

Magistrada Lombana pierde batalla para recuperar el expediente de Uribe

Pese a la insistencia de la Procuraduría y del magistrado Luis Guillermo Guerrero, la Corte Constitucional se negó a seleccionar la tutela de la magistrada Cristina Lombana. Comienza cuenta regresiva para que el jurista César Reyes defina la situación jurídica del exmandatario.

2 de diciembre de 2019
| Foto: Archivo particular

Desde que la magistrada Cristina Lombana perdió el expediente del expresidente Álvaro Uribe, comenzó una pelea legal para recuperarlo. A través de una acción de tutela, la magistrada intentó tumbar la decisión que tomaron sus colegas de apartarla del caso al considerar que existía una incompatibilidad entre su rol de miembro activo de las Fuerzas Armadas y su nombramiento de magistrada de la Corte Suprema de Justicia. 

La decisión fue tomada al estudiar una recusación del senador Iván Cepeda y fue interpretada por la magistrada como una discriminación y una violanción a la igualdad. Esto, en razón a que esta incompatibilidad no está en las causales que exige la ley para darle procedencia a una recusación. 

En ninguna de las siete causales que contempla el Código de recusación está el hecho de ser miembro de la fuerza pública. Desde ese punto de vista, los magistrados colegas de Lombana reconocen que tuvieron que "estirar" y encuadrar la causal de incompatibilidad para con esta resolver la petición de Cepeda. Los magistrados hicieron una interpretación de las normas para señalar que el hecho de no haber renunciado a las Fuerzas Militares le generaba una contradicción con el ejercicio de su cargo. El hecho de que por la vía recusación se tomara la decisión de apartarla de este expediente cayó como balde de agua fría para la magistrada.

El 10 de mayo del 2019, Lombana interpuso una acción de tutela por presunta vulneración de sus derechos a la igualdad y la no discriminación, al buen nombre, la honra, el debido proceso y la participación en la conformación, ejercicio y control del poder político. Solicitó tumbar la decisión de sus colegas por desconocer los antecedentes en la revisión de las recusaciones en Colombia.

La tutela fue negada en todas las instancias, incluyendo la Corte Constitucional, que se negó dos veces a estudiarla. La estocada final llegó la semana pasada, cuando los magistrados Alejandro Linares y Gloria Ortiz desatendieron la petición que hizo el procurador Fernando Carrillo y el magistrado de la misma corte Luis Guillermo Guerrero para que el caso fuera seleccionado.

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El 18 de noviembre, en sendos oficios enviados al alto tribunal, se pronunciaron abogando por la causa de la magistrada Lombana. Para Guerrero, había varios interrogantes de relevancia constitucional que podrían ser estudiados mediante el análisis de este recurso. Pedía, por ejemplo, que se reafirmaran los criterios que causan los impedimentos y las recusaciones, los cuales son siete y están fijados en el Código Penal. Para el magistrado, es necesario que se determine si la aplicación de doctrinas como la “Teoría de la Apariencia de la Imparcialidad” son constitucionalmente admisibles para ampliar y extender las causas para recusar jueces y magistrados en procesos penales. Para Guerrero, podría existir una afectación al principio de taxatividad de las causales de recusación de los jueces.

"Considero de particular interés la circunstancia conforme a la cual la decisión de separar a la magistrada del conocimiento del asunto que tenía a su cargo se basó más que en consideraciones sobre la posible afectación de su imparcialidad en el caso concreto, en una consideración abstracta sobre la aptitud de quien hace parte de las Fuerzas Militares, en uso de una comisión, para ser designada y actuar como juez de la justicia ordinaria", dice la petición.

Para el Ministerio Público, la corte declaró fundada la recusación a pesar de que encontró que las causales de impedimento no estaban probadas. Y el fundamento para tomar la decisión fue el concepto de independencia de la Judicatura adoptado por Naciones Unidas y el de imparcialidad aparente derivado de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En consecuencia, dice la Procuraduría, al ser un asunto novedoso esta excepción en las causales de impedimento requiere que sea analizado a la luz del derecho internacional.

Desde el comienzo, un sector de la justicia planteó que la incompatibilidad en la que incurrió Lombana al ser magistrada y al mismo tiempo militar activa debía ser resuelta mediante otros recursos, como el de la nulidad o la investigación penal o disciplinaria. Pero para el momento en que se abrió la discusión, ya habían transcurrido 30 días en el nombramiento de Lombana lo que dejaba por fuera de cualquier posibilidad el trámite de un recurso de nulidad. En apariencia, solo quedaba el pronunciamiento de la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, no obstante, los colegas de Lombana decidieron tomar el toro por los cuernos y su decisión agotó todos los recursos posibles.

Aunque Lombana ya renunció a las Fuerzas Militares, el expediente contra el expresidente Álvaro Uribe por presunta manipulación de testigos quedó en manos del magistrado César Reyes, quien se prepara para dar el siguiente paso: definir la situación jurídica del expresidente. El único que en la historia contemporánea ha llegado a la instancia de indagatoria.