Los partidos, los movimientos políticos o los grupos significativos de ciudadanos pueden designar un testigo electoral por cada mesa de votación. | Foto: Daniel Reina

Elecciones 2022

Más de 82.000 testigos electorales han sido postulados para las elecciones presidenciales

De acuerdo con la Ley 1475 de 2011, los testigos electorales tienen como función vigilar el proceso de las votaciones y de los escrutinios.

15 de junio de 2022

Las campañas presidenciales de Gustavo Petro, del Pacto Histórico, y de Rodolfo Hernández, de la Liga Gobernantes Anticorrupción, han postulado hasta este miércoles un total de 82.419 testigos electorales, así lo informó la Registraduría Nacional del estado Civil.

La entidad recordó que “los testigos son los veedores naturales del proceso electoral, que por mandato legal representan a los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscribieron candidatos y quienes durante los comicios ejercerán una función pública transitoria”.

De acuerdo con la Ley 1475 de 2011, tienen como función vigilar el proceso de las votaciones y de los escrutinios, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades en caso de que detecten alguna irregularidad.

La norma prevé, además, que “los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos, que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, así como las organizaciones de observación electoral reconocidas por el Consejo Nacional Electoral, tienen derecho a ejercer vigilancia de los correspondientes procesos de votación y escrutinios”.

Para la segunda vuelta presidencial de este domingo 19 de junio, las dos campañas presidenciales ya han enviado sus listados, aunque se estima que este número pueda crecer, dependiendo si estas inscriben más personas para este propósito.

La entidad entregó una actualización de las cifras de testigos electorales para la Región Andina.

Región Andina

Antioquia: 10.763.

Bogotá: 10.473.

Boyacá: 1.493.

Caldas: 996.

Cundinamarca: 3.748.

Huila: 1.221.

Norte de Santander: 1.135.

Quindío: 957.

Risaralda: 756.

Santander 5.476.

Tolima: 1.147.

La Registraduría señaló que los ciudadanos designados para actuar como testigos electorales deben estar en cada uno de los puestos de votación donde fueron asignados a las 7:00 a. m.

¿Cuáles son las funciones de los testigos electorales antes de comenzar la jornada electoral?

- Observar que los jurados de votación estén debidamente acreditados y en la mesa en la que fueron designados.

- Comprobar que las actas y demás documentos no han sido diligenciados previamente.

- Observar que los paquetes de las tarjetas electorales no se abran y que no se prediligencien antes de las 8:00 a. m.

- Observar que la urna se encuentre totalmente vacía al momento de cerrarla y sellarla.

- Observar que las votaciones no inicien antes de las 8:00 a. m., y que la mesa de votación se abra con mínimo dos jurados.

Durante la jornada electoral, ¿qué deben hacer los Testigos Electorales?

- Observar que los votantes concurran libremente, que sufraguen en secreto y que depositen el voto sin presión o interferencia de ninguna clase.

- Observar que todos los ciudadanos voten con cédula de ciudadanía amarilla con hologramas. La cédula es el único documento válido para sufragar. No se puede votar con contraseñas, fotocopias ni pasaporte. Velar porque ninguna persona o autoridad interfiera indebidamente en los procesos de votación y en los escrutinios.

- Velar que las mesas de votación no funcionen con menos de dos (2) jurados de votación y que las tarjetas electorales no sean sustraídas del recinto de votación.

Después de cerrar las votaciones a las 4:00 p. m., ¿qué deben hacer los testigos electorales?

- Observar que ningún ciudadano vote después de las 4:00 p. m.

- Vigilar la destrucción de las tarjetas no utilizadas. Que estas sean retiradas de la mesa de votación antes de abrir la urna.

- Presenciar la apertura de la urna y el conteo de los votos.

- Presenciar que los datos de las votaciones sean leídos del acta de escrutinio de jurado.