Nación

Medellín es la primera ciudad en pedir carné de vacunas para eventos masivos, obligatorio para la Feria de las Flores

Un nuevo punto para el alcalde Daniel Quintero, quien había sido entutelado por exigir el carné de vacunación para mayores de 40 años

12 de agosto de 2021
El alcalde de Medellín, Daniel Quintero, señala que la ciudad no estaba tan bien como decían algunos a la hora de promocionarla ante todo el país.
El alcalde de Medellín, Daniel Quintero, abrió las puertas a la Feria de las Flores pero con medidas anticovid. | Foto: David Estrada Larrañeta

Medellín es la primera ciudad del país que realiza sus fiestas tradicionales en medio de la pandemia, un evento que tendrá asistencia del público. Justo para evitar la propagación del coronavirus, el alcalde Daniel Quintero anunció que para que las personas mayores de 40 años pudieran participar, debían presentar carné de vacunación de covid-19.

La decisión no fue bien tomada entre algunos ciudadanos —desde que se recogen firmas para la revocatoria, el deporte de muchos es ir en contra de cualquier anuncio de Quintero— y decidieron interponer una demanda en contra del alcalde “al considerar vulnerados sus derechos a la dignidad humana, vida, libertad e igualdad ante la ley, intimidad, libre desarrollo de la personalidad, libertad de conciencia, libertad de expresión e información, de circulación y residencia, trabajo, libertad personal y asociación”.

Ya se sabe que este tipo de decisiones son polémicas en todo el mundo y varios países se han tenido que echar para atrás, pues se ha alegado vulneración de todo tipo de derechos, pero cada vez se acepta que hay que proteger el plan de vacunación y más ante la inminencia de nuevas variantes de la verdad.

Pues justo el Juzgado Cuarenta Penal Municipal de Medellín con Función de Control de Garantías desestimó la tutela en contra de Quintero y consideró que la Alcaldía de Medellín está procediendo en derecho.

Entre los argumentos que ofrece el tribunal, se dice: “Tenemos entonces, los derechos de los tutelantes eventualmente se afectan por la necesidad de proteger a la comunidad de Medellín y turistas, y atendiendo a que se tratan de eventos de participación masiva, válido e idóneo es que se restrinja el ingreso a fin de prevenir la potencialidad de contagio, que valga decir, independiente de las creencias consignadas en este trámite, se dirige no solo a proteger también a los mismos accionantes, pues se desconoce si cuentan con un sistema inmunológico fuerte, pues no es menos cierto que de ello depende el combate al Covid. Con la restricción aludida, se logra el fin y es la protección a la comunidad, el cual es legítimo e imperioso en estos tiempos. Resulta además necesario, dado que, como se informó por parte de la Alcaldía de Medellín, la ocupación de las UCI se ha incrementado en épocas de fiesta y reuniones, y la incidencia de la enfermedad se ha incrementado en el grupo etario de 40 a 49 años, datos que son validables a través de las autoridades de salud”.

Palabras más, palabras menos --y lejos de creencias--, el tribunal argumenta que muy por encima de los derechos de los tutelantes, está el derecho de la sociedad en general, además que la medida de Quintero los cobija para salvaguardar su salud.