Nación
Medicina Legal no cree “necesario” que Mancuso se traslade a Montería por temas de salud
Mancuso alegó que la altura de Bogotá perjudica su estado de salud.
Este lunes, 30 de diciembre, se conoció un informe del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses en el que le negó al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso vivir en Montería por condiciones de salud.
El abogado de Mancuso le había solicitado a las autoridades pertinentes el traslado de su defendido a la ciudad de Montería, ciudad donde nació, debido a que, supuestamente, la altura de Bogotá y Medellín le afectan su condición física.
La solicitud fue examinada por Medicina Legal el pasado jueves 26 de diciembre y, tras el análisis, determinó que el exparamilitar no necesita vivir, exclusivamente, en Montería debido a problemas de salud.
En el informe revelado por el instituto se especificaron los motivos tenidos en cuenta para su conclusión: “Si el estado de salud físico actual, impide que su domicilio sea establecido de manera permanente en la ciudad de Bogotá o Medellín, debido a la altura sobre el nivel del mar en la que se encuentran dichas ciudades (...) Si las condiciones médicas actuales de Salvatore Mancuso Gómez hacen estrictamente que se fije su domicilio de manera permanente en Montería o en otro lugar donde pueda residir, de ser afirmativa la respuesta, deberán precisarse los fundamentos médicos y patológicos”.
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Para justificar la solicitud, desde el equipo de Mancuso sostuvieron que en la ciudad de Montería baja la presión sanguínea y el ritmo cardíaco, lo que le permite caminar sin esfuerzo, mientras que en la ciudad de Bogotá, debido a la altura, ha experimentado taquicardia, fatiga y tos seca.
El instituto analizó la condición de salud del exparmilitar y determinó que las condiciones de Mancuso no impiden que su domicilio permanente se establezca en Bogotá o en Medellín.
Tras la valoración de Mancuso, se pudo observar que el exparamilitar toleró el “decúbito dorsal sin desaturación de oxígeno” y presentó una “saturación entre el 92 % y el 94 %”. Y a pesar de que registró cifras tensionales elevadas, “no representan signos de emergencia hipertensiva”.
Por otra parte, el informe del instituto de Medicina Legal explicó que “el síndrome de apnea/hipopnea del sueño (SAHOS) requiere un tratamiento específico como el uso de un sistema de presión positiva continua en la vía aérea (CPAP), para controlar la patología y prevenir complicaciones graves”.
Para concluir, en respuesta a las consultas realizadas por el juzgado penal del circuito, con función de ejecución de sentencias para las salas de Justicia y Paz, el informe determinó que no es necesario que Mancuso fije su residencia en Montería o en otra ciudad a nivel del mar, en cambio, recomendó continuar con un manejo médico integral, que incluya control farmacológico para tratar su hipertensión, apoyo psicológico y cambios saludables en su estilo de vida.