SALUD
Medimás tendrá que cumplir con las tutelas falladas en contra de Cafesalud
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca decretó medidas cautelares de urgencia para que los usuarios de la EPS no tengan que renovar las autorizaciones que ya había ordenado Cafesalud. También hace un llamado de atención sobre la destinación de los recursos de la salud.
Los más de cinco millones de afiliados de Medimás, que antes pertenecían a la liquidada Cafesalud, ya no tendrán que renovar las autorizaciones de servicio, tal como lo había informado la EPS, gracias a un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
El tribunal decretó medidas cautelares de urgencia para proteger los derechos de los usuarios. Una de las más importantes es que Medimás deberá cumplir con las tutelas falladas en contra de Cafesalud. Además, deberá dar cumplimiento a las autorizaciones e incapacidades que ya fueron avaladas por Cafesalud sin que el usuario deba renovarlas. Al cierre del 31 de julio fueron entregadas a Medimás 1’848.233 autorizaciones pendientes, lo cual se traduce en casi cuatro millones de servicios.
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Para el tribunal no tiene sentido que los afiliados "que no tuvieron ningún tipo de participación en el proceso de adquisición de Cafesalud EPS por parte de Medimás EPS” son quienes “deben soportar la carga consistente en desplazarse nuevamente a su IPS para el cambio de citas, de autorizaciones”. Por eso, indica que está situación deben resolverla por medio de trámites internos que eviten un procedimiento adicional y “no justificado” al usuario del servicio.
Según el fallo, Medimás en los primeros días de su vigencia como EPS expidió un documento denominado “ABECÉ. Preguntas y respuestas a los usuarios” en el cual quedaron registrados los trámites “sinsentido” que deben hacer los afiliados.
"5. Si tengo medicamentos autorizados pendientes de entrega por Cafesalud EPS. ¿Medimás EPS me los va a entregar sin cambiar la autorización? Cafesalud entregará medicamentos hasta el 31 de julio de 2017. Aquellos usuarios a los que no se les haya entregado en esta fecha, deberán dirigirse a su IPS primaria en donde se realizará el cambio de la orden de medicamentos a través de Medimás", se lee en el documento.
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Medimás le explicó al tribunal que en la actualidad adelanta un plan de contacto con los afiliados priorizando las autorizaciones pendientes por patologías, con el fin de establecer el orden de urgencia y dar continuidad al servicio. Y que por tanto estaba dando cumplimiento a las autorizaciones. Sin embargo, esta justificación no fue suficiente.
El tribunal ordenó que se les informe a los ciudadanos de manera explícita su derecho a cambiarse de EPS siempre y cuando haya permanecido por más de 360 días desde su vinculación a Cafesalud. En este punto Medimás advirtió que era innecesario realizar una divulgación de un derecho que tenían los usuarios en el sistema de salud colombiano.
Cabe recordar que la Superintendencia de Salud dijo en repetidas ocasiones que en el caso de Medimás los afiliados podrían trasladarse de EPS en cualquier momento. Según la EPS, entre el 1 de agosto y el 22 de septiembre se han trasladado 148.417 afiliados. La manera de informarle a los afiliados sobre las nuevas medidas deberá ser a través de un canal de televisión en horario de alta sintonía o en la edición dominical de un periódico de alta circulación nacional. Medimás había dicho que cumplir con este requerimiento era un "despilfarro de unos escasos recursos del sistema”.
Para el tribunal, la justificación de Medimás de que informar por un medio nacional sería un detrimento patrimonial no es válida. Tampoco se encontró soportado el argumento de la entidad de un supuesto riesgo de pagar servicios ordenados por Cafesalud EPS a usuarios que ya no pertenecen a ella, porque precisamente su deber como aseguradora es verificar tal circunstancia con un procedimiento interno sin afectar al usuario.
A esto se suma que el tribunal asegura que tuvo acceso a información que da cuenta que Medimás "no ha contestado varias acciones de tutela, en otras ha incurrido en desacato e incluso se ha impuesto orden de arresto a determinados responsables de la sociedad".
La Superintendencia, por su parte, deberá verificar el cumplimiento de las citas y las autorizaciones. Pero lo más importante es que tribunal le pidió a la Supersalud que vigile que el dinero que recibe Medimás por concepto de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) no se use para fines no autorizados como el pago de la venta de Cafesalud. "En caso de que se generen excedentes mensuales de la mencionada UPC, velar porque los mismos sean destinados a los rubros que legalmente corresponda", se lee en el documento.
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Así las cosas, tanto la Supersalud como Medimás deberán rendir informes semanales sobre el cumplimiento de cada uno de los aspectos. Si se incumple la medida cautelar, esto dará lugar a la apertura de un incidente de desacato que puede acarrear multas. Al conocer la orden del tribunal Medimás se pronunció y aseguró que acatará las medidas.