justicia
Micos y orangutanes
El hundimiento de las facultades judiciales para los militares y la resurrección del poder de investigar o no para el Fiscal General levantarán ampolla esta semana.
Aunque la semana pasada el Congreso aprobó la reforma más ambiciosa a la justicia de las últimas décadas sólo dos puntos llamaron la atención: el 'mico' que autorizaba funciones de policía judicial al Ejército y una norma resucitada a último momento que otorga poder al Fiscal de juzgar la conveniencia de abrir o no una investigación judicial.
El artículo que le habría permitido a los militares realizar allanamientos, interceptaciones y capturas sin orden judicial fue hundido por la comisión de conciliación del Congreso tras una ardua polémica. Los representantes y los senadores acordaron retirarlo como condición para aprobar el resto de la reforma judicial. Pero luego ambas plenarias aprobaron el texto sin esta disposición.
La mayoría de la comisión de conciliación coincidía en que la norma introducida por el senador uribista Rafael Pardo en séptimo debate en el Senado era un mico. Era claro que reformaba el artículo 213 de la Constitución, que les prohíbe a los militares investigar a civiles y no el 250 sobre la Fiscalía General.
Algunos congresistas consideraban, sin embargo, que era un 'mico bueno' y abogaban en su favor. Sin embargo triunfó la idea de que "aunque la mona se vista de seda, mona se queda" y la norma fue rechazada por las plenarias. Cuando la ministra de Defensa, Marta Lucía Ramírez, y el fiscal, Juan Camilo Osorio, se percataron de que habían perdido, acudieron al Congreso e intentaron reabrir sin éxito el debate en plenarias. Pero anunciaron que propondrán reabrir la discusión sobre este punto, que es crucial para el gobierno.
Sus críticos consideran que se prestaría para abusos. Sus defensores argumentan que desde hace años la Policía cumple funciones iguales a las de los militares. Y que además en la mitad del país no existe Policía. Entre tanto pasó casi inadvertida la resurrección de otra norma que el Fiscal llevaba pedaleando hace meses: la que establecía el principio de oportunidad.
Como fue aprobada, ahora el Fiscal General tendrá el poder para investigar a una persona sólo cuándo y si lo juzga pertinente .
Esta norma había sido criticada por quienes consideraban que abría una compuerta tal que el Fiscal General, un funcionario ya muy poderoso, terminaría siéndolo aún más. Osorio estaba convencido de que este principio era de la esencia del nuevo sistema acusatorio.
La comisión de conciliación aprobó esta norma pero con límites que deberán ser desarrollados por la ley. Aunque no se sabe todavía cómo quedará, con este poder el Fiscal podría trasladar casos pequeños, como hurtos de menor cuantía o delitos querellables, a unidades de apoyo. También podría ofrecerle a un secuestrador no investigarlo si delata a su banda . O podría, por ejemplo, en una amnistía, abstenerse de iniciar procesos contra guerrilleros o paramilitares reinsertados. O -y esto es lo que genera mayor temor- decidir no investigar a un funcionario amigo del Presidente.
Falta ahora ver cómo contraataca el gobierno y cómo utiliza su nuevo poder el fiscal Osorio.