Judicial
Mientras criminales patrullan en los pueblos, Ejército y Policía no podrán hacer más jornadas cívicas con menores de edad en zona de conflicto
La Corte Constitucional determinó que pueden presentarse represalias por parte de los grupos armados ilegales contra los pobladores. La decisión se tomó al resolver una tutela que plantea que estas actividades ponen e riesgo a la comunidad.
El Ejército y la Policía Nacional deberán, a partir de la fecha, abstenerse de adelantar cualquier tipo de jornada cívica con la presencia de menores de edad y adolescentes en zonas que sean calificadas como de conflicto en el territorio nacional.
Así lo determinó la Corte Constitucional tras avalar una acción de tutela presentada por varias organizaciones defensoras de los derechos humanos que cuestionaron el hecho que en los departamentos de Boyacá, Norte de Santander y Arauca adelantara una jornada que puso en riesgo tanto la integridad como la vida de los menores que participaron.
En la acción judicial se narró que, en el mes de agosto de 2022, en el departamento de Arauca, se realizó una acción “cívico militar” en el programa “patrulleritos escolares” en actividades con la Policía. Ese mismo año, en el departamento de Boyacá, uniformados del Ejército ingresaron a una escuela con armas de fuego para hacer charlas y actividades incluyendo niños menores de diez años. Mientras que en Norte de Santander, en el mismo año, la Policía y el Ejército adelantaron actividades similares con menores de edad.
Todos estos departamentos, reclamó la tutela, cuentan con una compleja situación de orden público, por lo que las jornadas convocadas tanto por el Ejército y la Policía pusieron en grave riesgo la integridad de los menores que participaron en las mismas. Los tutelantes reclamaron la vulneración de los derechos a la integridad, la libertad de expresión y la prohibición de participación de niñas y niños en el conflicto armado con este tipo de acciones promovidas desde el Ministerio de Defensa.
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Esto teniendo en cuenta que el Ejército y sus integrantes son objetivo de las confrontaciones militares, y establecer escenarios cívicos aumenta el nivel de riesgo de la población civil vulnerable. Citando tratados internacionales y el Código de la Infancia y Adolescencia se advierte que estas actividades cívico militares están prohibidas ya que ponen en riesgo la vida e integridad de este grupo.
Tras analizar la situación, el alto tribunal manifestó que entiende pero no comparte la realización de este tipo de jornadas pues genera una “amenaza o riesgo grave para la vida, integridad y seguridad de la población civil y de los niños, niñas y adolescentes, que habitan estas zonas y, están en condiciones de vulnerabilidad”. Por lo que le ordenó al Ministerio de Defensa, la Policía y el Ejército Nacional que replantee estas estrategias.
“La Corte no comparte que la Fuerza Pública – Fuerzas Militares y Policía Nacional – junto con las autoridades locales y regionales realice jornadas de acción integral o cívico militares en los territorios marcados por el conflicto armado dirigidas a los menores de edad”, advierte el fallo con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger.
En este rediseño se debe priorizar la participación de autoridades e instituciones civiles locales, regionales y nacionales con el fin que los niños, niñas y adolescentes de estas zonas del país sientan la presencia del Estado y el interés en recuperar el territorio sin que ello implique un aumento del riesgo en sus derechos fundamentales.
En el análisis, la Sala avaló la intención de las jornadas o acciones integrales desarrolladas por la Fuerza Pública es loable al buscar cumplir con su mandato constitucional, así como colaborar con las instituciones civiles para llevar a estas zonas servicios educativos, sanitarios, humanitarios o actividades recreativas y campañas educativas, persiste la preocupación de que se vincule a la población infantil y adolescente.