Nación
Militares aceptaron ante la JEP su responsabilidad de ejecuciones extrajudiciales
La tercera resolución de conclusiones de la Sala de Reconocimiento de Verdad informó que soldados de la Costa aceptaron su participación con los ‘falsos positivos’.
A través de comunicado 109, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP afirmó que 12 de los 15 militares del Batallón ‘La Popa’ en Cesar, comparecerán con la justicia para la imputación de sanciones por los cargos de crímenes de guerra y lesa humanidad en el contexto de las ejecuciones extrajudiciales.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es el órgano de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, fundado a partir de la firma del Acuerdo de Paz entre el Gobierno Nacional de Colombia y las extintas FARC-EP. Su función es “administrar justicia transicional y conocer los delitos cometidos en el marco del conflicto armado cometidos antes del 1 de diciembre de 2016.
Entre las subunidades y sales que integran la JEP, se encuentra la Sala de Reconocimiento de Verdad. Esta hace parte de un sistema integral que abre la posibilidad a que los participes del conflicto armado rindan cuentas sobre las violaciones a los derechos humanos efectuados por ellos.
“Reconocieron su responsabilidad y aportaron verdad completa, detallada y exhaustiva”, señala el comunicado. Las ejecuciones datan de las fechas entre el 9 de enero de 2002 al 9 de julio del 2005, siendo responsables de 135 asesinatos y desapariciones forzadas. Asimismo, se explica que “la sanción propia tiene dos componentes: uno reparador y restaurados y otro de restricción efectiva de libertades y derechos, que puede extenderse hasta por 8 años y debe ser verificado y monitoreado por Naciones Unidas”.
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La información suministrada por los militares permitió para la JEP comprender el modus operandi de los hechos. El auto también remite la resolución a la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad del Tribunal Especial para la Paz, para que esta imponga las sanciones propias, determinadas por la magistratura delegada.
Para los casos de Publio Hernán Mejía Gutiérrez, Juan Carlos Figueroa Suárez y José Pastor Mahecha, quienes no reconocieron su responsabilidad; serán dirigidos a la Unidad de Investigación y Acusación para continuar con el proceso.
A través de Twitter, se le comunicó a la opinión pública que el mayor Guillermo Gutiérrez, el mayor Heber Gómez, el teniente Carlos Lora, el subintendente Eduart Gustavo Álvarez y el subintendente Elkin Leonardo Burgos; se les impondrán las sanciones con “más alto componente restaurados y reparador”.
#ATENCIÓN La @JEP_Colombia expide tercera resolución de conclusiones y decide que 12, de los 15 integrantes del Batallón de La Popa imputados por ‘falsos positivos’, sean postulados para que se les imponga sanciones propias al reconocer su responsabilidad y aportar verdad plena. pic.twitter.com/z6VJqYthQQ
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) December 9, 2022
La Sala también confirmó que los doce casos cumplieron con los requisitos del tratamiento especial para la imposición de sanciones: “Para ello, la Sala evaluó el contenido de sus aportes a la verdad y los reconocimientos de responsabilidad. Estos últimos deben cumplir con un estándar de tres dimensiones: 1). Fáctica: Implica que cada compareciente que se refiera de manera precisa a su participación en el plan criminal y en los patrones determinados por la Sala. 2). Jurídica: Significa reconocer la naturaleza no amnistiable de las conductas y aceptar la modalidad de comisión imputada por la Sala. Y, la dimensión 3) restaurativa, relacionada con la necesidad de nombrar y aceptar el daño causado a las víctimas y a la sociedad en su conjunto”.
El auto a su vez narra que el Batallón ‘La Popa’ funcionó como espacio para la conformación de una organización criminal por parte de los militares, la cual desarrolló un plan criminal con la ejecución de asesinatos y desapariciones forzadas, presentadas de manera falsa como presuntas bajas en combate.
Por último y a modo de conclusión, la Resolución de Conclusiones detalló que los comparecientes no habían sido investigados anteriormente por la justicia ordinaria. También que al inicio negaron su responsabilidad, pero que al terminar el proceso judicial, aceptaron y están a disposición de una próxima audiencia, con el inciso que no tendrán penas carcelarias.