NACIÓN
Ministerio de Salud aclara su posición frente al aborto
El concepto de la cartera sobre interrupción voluntaria del embarazo generó polémica.
El Ministerio de Salud envió un concepto a la Corte Constitucional en contra de la demanda de Causa Justa, un movimiento integrado por distintas organizaciones activistas y académicas que pretende que el aborto deje de considerarse un delito.
El documento, revelado por El Espectador, causó revuelo, dado que el funcionario que lo redactó, Joaquín Elías Cano Vallejo, usó argumentos basados en prejuicios y no sobre sustento técnico y científico. Uno de los puntos más llamativos fue en el que comparó el aborto con el genocidio, al decir que despenalizar el aborto “configuraría una vulneración a la Convención Internacional para la prevención y la sanción del delito de genocidio”.
MinSalud se desmarca de su funcionario
Pocas horas después de que el concepto fuera publicado, el Ministerio de Salud se pronunció y aclaró que “el escrito de intervención presentado ante la honorable Corte Constitucional contiene consideraciones personales del funcionario público y no refleja la posición institucional y técnica del Ministerio de Salud y Protección Social como ente rector del sector salud, razón por la cual esta entidad presentará hoy un escrito de intervención sustitutivo”.
Andrea Hurtado, directora jurídica del ministerio, informó que la idea es corregir y dar alcance al escrito aportado al expediente. En este caso, aseguró, Cano Vallejo intervino sin consultar y poner a consideración su propuesta de intervención, “tal como lo establece nuestro procedimiento interno, lo cual consideramos grave”.
Asimismo, el comunicado agrega otras consideraciones. La primera, que la Corte Constitucional reconoce que la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es un derecho ligado a la vida, la salud, la integridad, la autodeterminación, intimidad y dignidad de las mujeres.
Además, recordó que los tres casos en que el Alto Tribunal despenalizó el aborto son las siguientes: cuando la continuación del embarazo signifique un peligro para la vida o la salud de la mujer; cuando exista una grave malformación del feto que no permita su vida, y cuando el embarazo sea resultado de una conducta denunciada como “acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto”.
El tercer punto del escrito enviado a medios por parte de la cartera, ratifica que la atención del aborto debe proveerse en forma integral y segura, no solo en los aspectos médicos, sino también los psicosociales que son relevantes para responder a las necesidades preferenciales de la mujer cuando tiene que tomar la decisión de continuar o no con su embarazo.
Sumado a eso, el ministerio aclara que todos los actores del sistema de seguridad social en salud que tienen contacto con mujeres en edad reproductiva, tienen que “adaptar sus modelos para garantizarles una atención que promueva el ejercicio adecuado de los derechos sexuales y reproductivos, la equidad de género y la prevención y atención integral en salud sexual y reproductiva y particularmente la prevención del aborto inseguro, como elementos fundamentales que impactan la vida y la salud de las mujeres”.
El Ministerio de Salud, como ente regulador, informó que con base en la jurisprudencia constitucional, tiene el deber de ejercer acciones que aseguren que todas las mujeres de Colombia tengan un libre y efectivo ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, incluyendo el derecho al aborto cuando está permitido y es legal.
“Esta cartera acatará las órdenes judiciales que se emitan al respecto, como siempre lo ha hecho, y contestará el Auto de Pruebas con los requerimientos realizados por la Corte Constitucional dentro del proceso D13956”, culmina el duro pronunciamiento emitido por la cartera de Salud.