Nación
MinJusticia pide responder 20 solicitudes de nulidad contra el fallo que despenalizó el aborto hasta la semana 24
En las peticiones se advierte que la Corte Constitucional se extralimitó en sus funciones.
El Ministerio de Justicia le solicitó a la Corte Constitucional responder en el menor tiempo posible la petición presentada por 20 ciudadanos que piden anular el fallo que despenalizó el aborto hasta la semana 24 o el sexto mes de gestación. Esto en referencia a la petición que llegó recientemente al alto tribunal para que emita un nuevo pronunciamiento frente a la sentencia C055 de 2022.
En la solicitud conjunta de nulidad se señala que la Sala Plena de la Corte Constitucional se extralimitó en sus funciones, puesto que la reglamentación de la interrupción voluntaria del embarazo es competencia exclusiva del Congreso de la República.
“Por competencia, le corresponde al legislativo y ejecutivo proyectar, definir y desarrollar políticas públicas que hagan eficaz las decisiones de la Corte Constitucional. No amerita una nueva decisión en sede de revisión constitucional”, precisa una de las solicitudes de nulidad.
En otra de las solicitudes, se cita el salvamento de voto presentado por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien aseguró que “no existe bien superior más importante que la vida humana, que es el fundamento de todos los demás derechos, por lo que ni siquiera un tribunal judicial, internacional o nacional, puede arrogarse el derecho para determinar desde cuándo una vida merece protección constitucional per se”.
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Una fuente del Ministerio explicó que no se puede hablar de un concepto propio del Ministerio de Justicia dentro de la discusión, sino de una solicitud para que se realice un pronunciamiento de fondo frente a las solicitudes elevadas por un grupo de ciudadanos.
“El Ministerio no ha solicitado que se anule el fallo, la solicitud viene de 20 ciudadanos que presentaron ese recurso ante la Corte Constitucional y a su vez el alto tribunal nos solicitó un concepto frente a la petición que se hace”, señaló la fuente cuyo nombre se mantendrá en reserva.
Esta solicitud se suma a la que presentó recientemente la Universidad de La Sabana que pide tumbar el fallo que despenalizó el aborto hasta la semana 24 advirtiendo que “los seres humanos en gestación están vivos y tienen la capacidad de sentir dolor, por lo que disponer de su vida de forma absoluta y, tras ciertas semanas de la gestación, de manera tortuosa; sin ningún tipo de limitante, desconoce tales garantías constitucionales e internacionales”.
En este sentido, se aclara que el alto tribunal “no incluyó ninguna medida concreta de protección del que está por nacer, en relación con su vida, o para prevenir estos tratos crueles, inhumanos y degradantes, violando así los derechos de los seres humanos en gestación”.
Un tema importante es que para la Universidad de la Sabana, la posición con la que se tomó la decisión final, la del conjuez Julio Andrés Ossa, en realidad no se debió sumar como voto a favor de la ponencia que pedía despenalizar.
“El conjuez Ossa Santamaría consideró que esta inconstitucionalidad sólo se presenta hasta la semana 13 de gestación”, señala una de las peticiones presentadas ante la Corte Constitucional.
#LaCorteInforma ⚖️ l Conducta del aborto solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006 pic.twitter.com/J7hfhLAEeq
— Corte Constitucional (@CConstitucional) February 21, 2022
El pasado 1 de junio la Corte Constitucional publicó el fallo completo de la sentencia. En el fallo, el alto tribunal le pidió al Congreso de la República y al Gobierno nacional para que, “sin perjuicio del cumplimiento inmediato de esta sentencia y, en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral, incluidas las medidas legislativas y administrativas que se requiera, según el caso, que evite los amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes, descritos en esta providencia y, a su vez, proteja el bien jurídico de la vida en gestación sin afectar tales garantías, a partir del condicionamiento de que trata el resolutivo anterior”.
Y agrega el alto tribunal: esta política debe contener, como mínimo, “(i) la divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo, (ii) la eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia, (iii) la existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación, (iv) el desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para todas las personas, (v) medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras y (vi) medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar”.