NACIÓN

¿MinSalud podría ser arrestado por desacatar tutela que obliga prueba PCR para viajeros?

Fue radicado un incidente de desacato contra el ministro de Salud, Fernando Ruiz.

4 de diciembre de 2020

En el programa diario del presidente Iván Duque Prevención y Acción, el ministro de Salud, Fernando Ruiz, afirmó que no era posible acatar el fallo de un juez administrativo del circuito que exigió mediante una tutela al Gobierno nacional, la petición de una prueba PCR negativa para los viajeros que ingresen a Colombia.

El abogado Alberto Elías González, quien radicó la tutela en contra del Gobierno, dio a conocer en diálogo con Semana Noticias que radicó un incidente de desacato en contra del ministro Fernando Ruiz, al desconocer la decisión que expidió un juez de la república.

Así mismo, el jurista señaló que la determinación que adoptó el funcionario judicial estaba amparada en las medidas de prevención que se deben adoptar en medio de la pandemia del coronavirus, la cual recordó ya dejó como consecuencia más de 33.000 personas muertas.

“Realmente es extraño lo que ha pronunciado el ministro de Salud, Fernando Ruiz, hay una orden judicial exigiendo la prueba PCR como lo he dicho, el fallo del juez y la aclaración que les hizo es una decisión responsable para el país, el tema de la pandemia está al punto de un colapso en el sistema nacional de salud y los casos han aumentado considerablemente, las unidades de cuidados intensivos (UCI) están en un 100 % de su ocupación, Norte de Santander está en esos niveles y en el fallo, el juez hace alusión a que los muertos por covid-19 van en más de 33.000, que es lo que equivaldría a la población de Melgar”, sostuvo el abogado.

Y agregó el jurista “si pudiéramos hacer un cerco epidemiológico con todos los viajeros, tanto los que dan positivo como los que dan negativo, es importante porque con ello ya podemos hacer una barrera y evitar así que ingresen al territorio nacional, nosotros desde hace unos días, presentamos un incidente de desacato, para que se cumpliera la orden del juez, esto es un asunto meramente judicial, nosotros presentamos unos argumentos, y el juez nos dio la razón”.

El abogado Elías González, explicó que los términos del incidente de desacato no fueron inmediatos, a raíz de la aclaración que elevó el ministro de Salud Fernando Ruiz, ante el despacho del juez, situación que extendió los términos.

“Si es algo a lo que se puede exponer el ministro Ruiz es a unos días de arresto por desacato a decisión judicial, ya que el incidente es el no cumplimiento de una autoridad judicial, y en este caso recordemos que las sanciones van desde arresto y multas para el funcionario que no cumpla con dicha medida, aparte viene una solicitud de cumplimento, que se le puede hacer al mismo juez, en la que se puede iniciar una investigación disciplinaria al ministro de Salud, si existe responsabilidad o no por el no cumplimiento del fallo de tutela”, puntualizó.

¿Qué dijo el juez?

El Juzgado 11 Administrativo del Circuito, expuso los argumentos para que la prueba PCR deje de exigirse a los viajeros, estas son las condiciones:

-Cuando Colombia tenga una vacuna segura y eficaz.

-Cuando se cumpla con los factores de análisis que faciliten la toma de decisión, de acuerdo con lo indicado por la Organización Mundial para la Salud (OMS), relacionados con la epidemiología y las pautas locales de transmisión, las medidas nacionales de salud pública y sociales para controlar los brotes tanto en el país de origen como en el de destino, la capacidad de los servicios de salud pública y de salud a nivel nacional y subnacional, para gestionar los casos sospechosos y confirmados entre los viajeros, incluidos los puntos de entrada (puertos, aeropuertos, pasos fronterizos terrestres), para mitigar y gestionar el riesgo de importación o exportación de la enfermedad y la evolución de los conocimientos sobre la transmisión de la covid-19 y sus características clínicas.

-Que el Gobierno decrete la terminación de la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, con las condiciones epidemiológicas adecuadas suficientes y seguridad en salud pública para la población; esto en razón a que el país se encuentra en emergencia sanitaria hasta el 28 de febrero de 2021, de acuerdo con la instrucción y las indicaciones dadas el pasado 25 de noviembre, por parte del ministro de Salud, por lo que se hace necesario actuar consecuentemente, protegiendo la vida y la salud pública de la población colombiana, a través de la adopción de todas las medidas que favorezcan la protección de estos derechos.

Por último, disminuir y mitigar las consecuencias del virus. Así las cosas, según el juzgado, se deben seguir previniendo nuevos contagios, disminuyendo el número de personas que circulan dentro del país y que sean asintomáticas, redundando en una menor probabilidad de aumento en los riesgos de colapso del sistema de salud pública.