Judicial

¿Muerte política de Petro? Piden a Consejo de Estado quitarle investidura

La solicitud la hace el abogado José Manuel Abuchaibe por haber, supuestamente, llamado a la “desobediencia civil”. Presentó apelación ante el alto tribunal.

13 de abril de 2021
| Foto: ESTEBAN VEGA LA-ROTTA-semana

El abogado José Manuel Abuchaibe apelará la decisión del Consejo de Estado de negar una nueva demanda que se había presentado ante el alto tribunal contra la investidura del senador Gustavo Petro, es decir, se estaba pidiendo su muerte política. El argumento principal es que debía haber un pronunciamiento de fondo luego de que el senador Petro hiciera un llamado a la “desobediencia civil’.

Abuchaibe insistirá en lo que se conoce como “muerte política” del congresista, precandidato a la presidencia, y líder de la denominada Colombia Humana.

Para José Manuel Abuchaibe -abogado que radicó la solicitud y que es recordado por sacar del Congreso de Antanas Mockus, ante una inhabilidad para participar en los comicios-, Petro había supuestamente violado el régimen de incompatibilidades al valerse de su condición de senador para proferir juicios contra instituciones estatales y contra el propio Iván Duque, al que desconoció como presidente de Colombia por el supuesto apoyo que recibió en su campaña del Ñeñe Hernández.

El Consejo de Estado, al decidir negar la demanda, no compulsará copias al Congreso de la República por este tema. De igual manera, se ordena en la decisión que tan pronto se tenga ejecutada la decisión, deberá ser comunicada a la Mesa Directiva del Senado, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio del Interior.

El argumento del demandante fue un supuesto llamado a la “desobediencia” que a juicio del abogado Abuchaibe hizo Petro en julio de 2020. Petro, por medio de una columna, señaló que el presidente Duque ganó con fraude. El senador Petro hizo un llamado en ese momento a “desobedecer” a Duque e incluso dejar de pagar los servicios públicos.

El senador aseguró que no se puede obedecer a ningún presidente “ilegítimo” y enlistó una serie de acciones de lo que significaba, a su juicio, ese acto de no reconocimiento.

En la apelación se lee, por ejemplo, que: “es claramente una actitud tan populista como irresponsable, dado a que si no se pagan los servicios públicos, las empresas que los prestan quebrarán y los primeros afectados serán los ciudadanos”.

Entre las pruebas que tuvo en cuenta el Consejo de Estado, está un concepto de la Procuraduría a través de la delegada Idayris Carrillo, señalando que los pronunciamientos que hizo Petro no justificaban pérdida de investidura: “Dichas manifestaciones podrían ser materia estudio en un escenario distinto al judicial, por la eventual transgresión a las disposiciones del estatuto del congresista; el legislador no consagró como una causal grave que posibilitara imponer la pena consistente en la pérdida de investidura”, señaló la procuradora.

Y agregaba el concepto: “Es claro que toda manifestación de los servidores públicos se debe entrar a valorar desde el principio de responsabilidad con el conglomerado social, pasando por la protección de los derechos fundamentales. En gracia de discusión, considera esta delegada que dichas manifestaciones podrían ser materia de estudio y debate en un escenario distinto al judicial por la eventual trasgresión de las disposiciones del estatuto del congresista, si así lo considera esta sección y realiza las revisiones correspondientes en la sentencia”.