Nación
Mujer gana tutela contra Alcaldía que la declaró insubsistente en medio de su periodo de lactancia
En diálogo con SEMANA, la mujer explicó cómo le fueron vulnerados sus derechos durante su periodo de lactancia.
Sandra Milena Dueñas Neuta ganó una tutela que interpuso en contra de la Alcaldía del municipio de Tabio, Cundinamarca, después de que fuera declarada insubsistente de manera sorpresiva frente al cargo que ejercía en esta entidad y pese a que se encontraba de periodo de lactancia.
Según le contó la mujer a SEMANA, ella fue nombrada el 4 de marzo de 2021 en el cargo de gerente adscrito al Instituto Municipal de Cultura ‘Joaquín Piñeros Corpas’, del mencionado municipio. El 10 de mayo del 2023 nació su hijo y su periodo de licencia inició el 13 de septiembre del mismo mes y, posteriormente el día 29 de diciembre, informó a la Junta Directiva de la institución que se encontraba en periodo de lactancia.
Sin embargo, todo cambió después de que se posesionara la nueva administración, ya que, según contó a este medio, el pasado 4 de enero le fue solicitada su renuncia sin tener en cuenta que se encontraba en licencia. Previamente, el nuevo alcalde de Tabio se mostraba muy resistente con ella, pues relata que no la invitaba a las reuniones y prácticamente no la tenía en cuenta.
El día que le solicitó la carta de renuncia, Dueñas le explicó que no la presentaría debido a que tenía el “amparo de maternidad”. Por ello, el mandatario municipal expidió un decreto declarándola insubsistentes, argumentando que ostentaba un cargo de libre nombramiento y remoción.
Lejos de dejarla realizar el recurso de apelación, para el cual tenía un plazo de 10 días, la institución rápidamente nombró a una persona para que ocupara el cargo que ella estaba desempeñando. “La meta de ellos era sacarme ya o ya, entonces no me dieron la posibilidad de presentar el recurso y ahí mismo posesionaron al nuevo gerente”, mencionó.
Decidió presentar una tutela
Observado que sus derechos estaban siendo vulnerados teniendo en cuenta que se encontraba en periodo de lactancia, puesto que la ley de 2306 de 2023 amplió el mismo de seis meses a los dos años de edad, la mujer no dudó en interponer una tutela.
En la acción judicial, Dueñas pidió que se le protegieran sus derechos fundamentales que, supuestamente, fueron vulnerados. La tutela fue aceptada y empezó el respectivo proceso que finalmente ganó la mujer.
Este jueves 22 de febrero se conoció la decisión proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Tabio. En el documento, se indica que la institución para la que trabajaba no tuvo en cuenta el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo a la hora de declararla insubsistente.
Este apartado menciona que “ninguna trabajadora podrá ser despedida por motivo de embarazo o lactancia si la autorización previa del Ministerio de Trabajo que avale una causa justa”.
En ese sentido, el Juzgado indicó que la relación laboral de la mujer con la administración no se pudo dar por terminada sin que la primera no haya superado el periodo de lactancia o se hubiera modificado la condición de madre lactante, no validando de esta forma lo que la institución presentó en su defensa.
La decisión
Tras analizar el caso y escuchar a cada una de las partes, finalmente la mujer ganó la tutela y el Juzgado le concedió el amparo constitucional al trabajo, por lo que ordenó a la Alcaldía de Tabio reintegrarla de manera inmediata al cargo que venía desempeñando antes de ser declarada insubsistente u ofrecerle la oportunidad de vincularse a uno de iguales o mejores condiciones laborales.
Además, también ordenó cancelarle los salarios, las prestaciones y demás emolumentos que haya dejado de percibir Dueñas debido a la declaratoria de subsistencia.
La mujer le explicó a SEMANA que su objetivo, más allá de lograr que le garanticen sus derechos, es enviar un mensaje contundente para que este tipo de situaciones no se presenten.
“Sé que hay muchas mujeres que como yo, no conocen el amparo que tiene el periodo de lactancia. Más allá de todo lo legal, lo que hay acá es un tema del respeto por la maternidad”, concluyó.
Hasta el momento la Alcaldía no se ha pronunciado de manera pública al fallo de primera instancia.