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Ni desalojos ni aumento de arriendos durante cuarentena

El presidente definió cuatro medidas que se aplicarán para el sector de arriendos por emergencia del coronavirus.

31 de marzo de 2020

Muchas dudas se han generado entre la ciudadanía acerca de las decisiones del Gobierno sobre el sector de arriendos. Por eso, ante esas inquietudes y en medio de la emergencia del coronavirus, el presidente Iván Duque anunció cuatro medidas que estarán amparadas en un decreto próximo a expedirse.

El mandatario, en una nueva conversación que adelantó en la Casa de Nariño con varios integrantes de su gabinete, afirmó que los desalojos en Colombia quedan prohibidos así las personas no cumplan con el pago del arriendo e insistió en que esa práctica no está avalada en el país.

Asimismo, señaló que dentro de la normativa que será expedida esta semana los propietarios de inmuebles o locales comerciales en el país no podrán subir el monto del arriendo, mientras dura el estado de emergencia provocado por la pandemia.

“Van quedando claras las medidas. En Colombia no se van a presentar los llamados desalojos durante la vigencia de esta emergencia y no se podrán aumentar los cánones de arrendamiento porque este es un momento de solidaridad en donde Colombia tiene que estar unida”, sostuvo Duque.

El jefe de Estado también aseguró que el pago de penalidades o morosidad no se aplicará durante el término de la duración del estado de emergencia.

El presidente agregó que las medidas en el sector de arrendamientos no solo aplicarán para los inmuebles, sino también para las pequeñas y medianas empresas, como un alivio y un mensaje de tranquilidad al comercio nacional.

El lunes de esta semana, en entrevista con Vicky en SEMANA, el ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, aseguró que ningún colombiano puede ser desalojado del inmueble donde vive en arriendo, teniendo en cuenta que dicho procedimiento únicamente puede ser ejecutado por decisión judicial, que en el marco de la cuarentena es imposible.

En la entrevista, el ministro precisó que “el Consejo Superior de la Judicatura suspendió todos los procesos judiciales hasta el 12 de abril. Esto quiere decir que nadie puede ser lanzado del lugar donde vive hasta que esta emergencia pase y un juez de la República falle en derecho; toda acción de desalojo es ilegal”.