Ingrid Betancourt y Miguel Ángel Pinto
Íngrid Betancourt y Miguel Ángel Pinto. | Foto: SEMANA

POLÍTICA

Niegan demanda de Miguel Ángel Pinto contra Íngrid Betancourt

Un juez de Bogotá decidió que los reclamos del senador contra la candidata debían surtir otros procesos previos.

24 de febrero de 2022

Una gran polémica generaron las discusiones que tuvieron los candidatos presidenciales Íngrid Betancourt y Alejandro Gaviria en medio de los debates que se han adelantado en la carrera por llegar a la Casa de Nariño.

Betancourt se fue de la Centro Esperanza tras alegar que Gaviria tenía apoyos de políticos relacionados a las “maquinarias” y hasta “narcotráfico”.

En medio de un debate en la Universidad del Norte, llevado a cabo el 10 de febrero, Betancourt le contestó a Gaviria que no estaba de acuerdo con el respaldo del senador Miguel Ángel Pinto del Partido Liberal. Previamente ya le había reclamado por los apoyos que había recibido, pero hasta ahora no había dado nombres.

“Yo no tengo la misma tranquilidad que tiene Alejandro Gaviria y por eso es que estoy acá. Dime con quién andas y te diré quién eres. Aquí desgraciadamente hay personas que han apoyado y han recibido el apoyo de gente del paramilitarismo que le ha hecho daño a Colombia en vidas y en corrupción: Luis Pérez. Hay personas que han aceptado apoyos de personas vinculadas con el narcotráfico: Miguel Ángel Pinto. Esto es con voluntad política. ¿Qué va a hacer mi gobierno? Primero tomar decisiones, no echar discursos, no abrazarse, no darse palmaditas en la espalda, tomar decisiones en contra de los corruptos”, fueron las declaraciones de Betancourt por las que Pinto la demandó.

El Juzgado 21 municipal de pequeñas causas y competencia múltiple de Bogotá declaró la demanda como improcedente, argumentando que el senador debió apelar a otras instancias previamente a presentar esa solicitud.

Según el fallo del juez, Pinto debió haber requerido a Betancourt la rectificación que a su juicio afectó su honra y buen nombre, y pedir a los responsables de la difusión del video retirar la publicación o que fuera corregida, ya que la transmisión se hizo a través de las redes sociales.

“Entre personas naturales, o cuando sea una persona jurídica alegando la afectación respecto de una persona natural, solo procederá cuando quien se considere agraviado haya agotado los siguientes requisitos”, señaló el juez, citando un pronunciamiento de la Corte Constitucional.

“Y es que no se encuentra en el libelo si quiera prueba sumaria que permita colegir el cumplimiento de la totalidad de elementos transcritos, máxime, al observar que el demandante, pretende probar que no requiere el requisito de procedibilidad exigido para iniciar un proceso de esta estirpe”, determinó el juez.

Agregó que declara la tutela improcedente porque lo presentado por el apoderado del senador no cumplía con los requisitos necesarios para que la demanda fuera estudiada.

“Con fundamento en lo expuesto, así como en las piezas documentales aportadas al trámite, colige el despacho que aún para este momento el demandante respecto de las declaraciones que consideró trasgresoras de sus garantías, no ha cumplido con el aludido presupuesto, a efectos de promover el mecanismo constitucional; por consiguiente, no es posible continuar el estudio de la suscrita ‘litis’ dado que se incumplen los requisitos adjetivos que permitirían un análisis de fondo o determinar los demás elementos procesales”, señaló el juez.

Cabe recordar que mientras Betancourt salió de la Centro Esperanza para ir sola a la primera vuelta, Gaviria competirá este 13 de marzo en la coalición. Por su parte, Pinto aspira a repetir en el Senado por el Partido Liberal.