NACIÓN

JEP rechaza sometimiento de Samuel e Iván Moreno

La Jurisdicción Especial de Paz consideró que las conductas por las que fueron condenados no tienen relación directa ni indirecta con el conflicto armado.

19 de junio de 2020
Los Moreno solicitaron su sometimiento a esta Jurisdicción el 2 de agosto del año pasado, a través de una comunicación. | Foto: Archivo particular

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento presentada por el exalcalde de Bogotá Samuel Moreno Rojas, su hermano el exsenador Néstor Iván Moreno Rojas y su madre, María Eugenia Rojas de Moreno.

La Sala de Definición determinó que las conductas por las que el exsenador y el exalcalde están condenados y privados de la libertad “no tienen relación directa ni indirecta con el conflicto armado y tampoco ocurrieron en relación ni en el contexto de este; no constituyeron aporte o contribución al esfuerzo general de guerra de ninguno de los grupos armados ilegales, ni estaban dirigidas a obtener una ventaja militar para alguno de ellos”.

Los Moreno solicitaron su sometimiento a la Jurisdicción el 2 de agosto del año pasado a través de una comunicación en la que aducían que querían aportar al esclarecimiento del conflicto armado colombiano, presentando unas “líneas de contexto” como herederos del expresidente Gustavo Rojas Pinilla, quien firmó un acuerdo de paz con las guerrillas liberales de su tiempo.

La Sala de Definición determinó que las conductas cometidas por Néstor Iván y Samuel Moreno “fueron actos de corrupción encaminados a engrosar su patrimonio económico, el de otros servidores públicos y el de contratistas, a quienes en forma amañada les eran adjudicados contratos para que todos obtuvieran provecho económico ilícito con dineros del Estado. Tales conductas no tienen relación alguna con el conflicto armado interno”.

Con respecto a María Eugenia Rojas, la JEP indicó que no encontró decisiones judiciales ni noticias difundidas que hagan referencia a que hubiera realizado "conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado interno, ni a que hubiera formado parte de algún grupo armado ilegal o hubiera contribuido o financiado a alguno de los que participaron en las hostilidades".

Hay que recordar que contra el exalcalde Samuel Moreno pesa una sentencia del Juzgado Catorce Penal del Circuito por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos y cohecho propio. Y otra sentencia del Juzgado 34 Penal del Circuito de Bogotá por concierto para delinquir agravado y peculado por apropiación agravado.

Asimismo, en contra del exsenador Néstor Iván Moreno existe una sentencia condenatoria de la Corte Suprema de Justicia como autor del delito de concusión, determinador de interés indebido en la celebración de contratos y autor de tráfico de influencias.