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¿Primera cadena perpetua será para soldados que violaron a niña indígena?
En principio, según el fiscal, los uniformados pagarían una pena de 16 a 30 años de prisión.
Luego de que los siete soldados acusados de violar a una niña, de 13 años, de la comunidad indígena embera en Risaralda aceptaran cargos por abuso sexual contra menor de edad, los uniformados fueron enviados a la cárcel tras petición de la Fiscalía.
El fiscal Francisco Barbosa dio a conocer que los hombres enfrentan varios cargos, como “delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado. Seis de ellos en calidad de autor y uno en calidad de cómplice”.
Semana Noticias conoció las primeras imágenes de los soldados que habrían abusado de la niña perteneciente a la comunidad embera chamí, siete hombres de entre 19 y 20 años, que en videos entregados por autoridades se les ve caminando tras la audiencia en que admitieron haber violado a la menor de edad.
El fiscal Barbosa dijo también que los sindicados pagarían una pena de 16 a 30 años de prisión.
Esto quiere decir que, pese al clamor de varios sectores ante el crimen, los soldados no serían los primeros en recibir la cadena perpetua para violadores de niños, recientemente aprobada por el Congreso de la República.
Incluso el presidente Iván Duque dijo este miércoles, al conocer el caso: “Si nos toca estrenar con ellos la cadena perpetua, la vamos a estrenar. Y con cualquiera que quiera pisotear la dignidad de un niño”.
El presidente fue enfático al decir que Colombia debe "enfrentar con contundencia y drasticidad cualquier agresión a un menor” y en ese momento pidió una investigación rápida al ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, que en 24 horas llevó a la judicialización de los soldados adscritos a la Quinta División del Ejército.
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Sin embargo, el fiscal es tajante al decir que la cadena perpetua no se podrá aplicar en este caso porque, pese a la aprobación del Congreso, la medida no ha sido reglamentada ni está vigente, a falta de trámites del Gobierno nacional.
Además, como se conoció el pasado 18 de junio, la medida no será retroactiva, es decir que no aplicará en casos en que la justicia ya haya procesado a una persona por delitos sexuales contra menores de edad, por lo que no tocará casos emblemáticos como el de Luis Alfredo Garavito o el de Rafael Uribe Noguera.