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Nuevo rechazo a solicitud de libertad que buscaba el exjefe paramilitar Salvatore Mancuso; Consejo de Estado le negó hábeas corpus

Hace tan solo 4 días el Tribunal de Cundinamarca le negó la libertad al exparamilitar que sigue recluido en la cárcel La Picota, en el sur de Bogotá.

Redacción Semana
24 de mayo de 2024
Salvatore Mancuso ante Justicia y Paz.
Salvatore Mancuso ante Justicia y Paz. | Foto: Captura de pantalla

Una vez más la justicia le ha dicho no al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, quien desde que regresó a Colombia ha buscado por cielo y tierra su libertad. En los últimos minutos, el Consejo de Estado fue el tribunal que decidió rechazar una nueva solicitud que hizo el expara a través de un hábeas corpus para conseguir su libertad.

Sin embargo, el alto tribunal falló “declarar improcedente la acción de hábeas corpus presentada por Salvatore Mancuso Gómez, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.”

Pero además de esa decisión, el Consejo revocó la sentencia del 18 de mayo de 2024 que le profirió el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, negando el hábeas corpus, para declarar “improcedente” ese recurso, teniendo en cuenta que “Salvatore Mancuso Gómez dispone de otros medios para solicitar la libertad ante el juez natural”, explicó la sentencia del alto tribunal.

“Revocar la sentencia de 18 de mayo de 2024 proferida por la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que negó la acción de hábeas corpus, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia”, se lee en el fallo del Consejo de Estado.

La Procuraduría indicó que la designación de Salvatore Mancuso como gestor de paz no puede afectar los compromisos asumidos en Justicia y Paz.
La Procuraduría indicó que la designación de Salvatore Mancuso como gestor de paz no puede afectar los compromisos asumidos en Justicia y Paz. | Foto: Colprensa/Suministrado a Semana

Este nuevo rechazo a las solicitudes de libertad de Mancuso, se suma a la que tan solo el pasado 20 de mayo un juez Penal de Ejecución de Bogotá, le negó la salida de la cárcel La Picota, en el sur de Bogotá, al exjefe paramilitar, después de que sus abogados apelaran una decisión que finalmente ese tribunal terminó confirmando.

Pero aunque son decenas de procesos los que tiene Mancuso pendientes con la justicia colombiana, el excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), sigue en una encrucijada judicial para conseguir su libertad. El pasado martes una magistrada de Justicia y Paz, con Función de Control de Garantías, determinó que por ahora sigue vigente el conflicto de competencias para resolver esas solicitudes de Mancuso que siguen pendientes en la Corte Constitucional.

Y es que desde el pasado 1 de abril, ese conflicto de competencias llegó a la Corte Constitucional, y tan solo cuatro días más tarde el proceso llegó al despacho de la magistrada Diana Fajardo Rivera, pero hasta el momento no se han tomado decisiones de fondo sobre quién será el encargado de resolver el futuro de Mancuso entre la Sala de Justicia y Paz y la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), creada por el acuerdo de paz con las extintas Farc.

Diana Fajardo, magistrada de la Corte Constitucional. | Foto: Colprensa

La Procuraduría hasta interpuso una tutela para tumbar el auto mediante el cual se avaló el sometimiento del excomandante paramilitar en la jurisdicción que se creó para los exguerrilleros de las Farc, pero esa jurisdicción rechazó ese recurso al considerar que era improcedente. A pesar de que el Ministerio Público reclamana que la JEP no tenía nada que ver con la competencia de una persona que se había sometido mediante el mecanismo de Justicia y Paz, el cual se creó en medio de la desmovilización a los paramilitares.

Por esa petición de la Procuraduría, Mancusó terminó atacando a la procuradora General, Margarita Cabello, asegurando que “la accionante no argumentó ni demostró cuál era la evidente y grosera contradicción entre los fundamentos y la decisión”, y además, agregó que “no se evidenció cómo la interpretación y la decisión de la Sección de Apelación de la JEP se tornaba irrazonable, desproporcionada y arbitraria, en detrimento de los derechos de las víctimas reconocidas en los procesos”.

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