Nación

O habla o va para la cárcel, JEP advierte que un excomandante del Batallón la Popa podría ser condenado hasta por 20 años

Se trata de Juan Carlos Figuero Suárez, coronel (r) cuyo caso queda en manos de la Unidad de Investigación y Acusación.

2 de diciembre de 2021
Magistrada Lily Rueda Guzmán y  Eduardo Cifuentes Muñoz en la JEP
Magistrada Lily Rueda Guzmán y Eduardo Cifuentes Muñoz en la JEP | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

Los detalles de lo ocurrido en el marco del conflicto, como en el caso de los falsos positivos, siguen saliendo a la luz. Esta vez, el proceso judicial de Juan Carlos Figueroa Suárez, coronel (r) quien fuera comandante del Batallón La Popa, pasará a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP. Esa fue la decisión que adoptó la Sala de Reconocimiento contra uno de los 15 imputados dentro del subcaso Costa Caribe, que investiga los ‘falsos positivos’.

La decisión se da luego de que el compareciente remitió un escrito a la magistratura en el que señalaba: “no admito responsabilidad a ningún título”, y de que no asistiera a ninguna de las citaciones hechas por la Sala.

El debate que desató Matador al hablar del Ejército y las masacres en el país/Foto: archivo SEMANA | Foto: Archivo Semana

El coronel (r) que fue imputado como uno de los máximos responsables de los crímenes en medio de los cuales fueron asesinadas y desaparecidas 127 personas, 52 de ellas mientras él ostentó el mando y control del Batallón de Artillería No. 2 La Popa, queda bajo la jurisdicción de la UIA, a la que le corresponderá decidir si lo acusa ante el Tribunal para la Paz de la JEP. De ser vencido en el juicio adversarial, podrá ser condenado hasta con 20 años de cárcel.

La JEP también explica que Figueroa fue llamado a reconocer responsabilidad a título de autor por la comisión “de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada, contemplados en los artículos 135 y 165 del Código Penal colombiano, los cuales constituyeron igualmente crímenes de lesa humanidad de asesinato y de desaparición forzada de personas, y el crimen de guerra de homicidio”.

En la solicitud de nulidad, el compareciente alegaba “vulneración procesal y pedía ser escuchado y citado nuevamente a versión voluntaria, antes de ser imputado”, explica la Jurisdicción Especial para la Paz.

Figueroa pidió que se le volviera a escuchar en versión voluntaria, frente a lo cual, la Sala de Reconocimiento explicó que en dos ocasiones instaló la diligencia a la espera de Figueroa y su defensa y que no fue posible su comparecencia pese a las ingentes, variadas e insistentes gestiones de la JEP. En ambas oportunidades, y ante la presencia del Ministerio Público y la representación de las víctimas, se dejó constancia de su falta de asistencia.

En la decisión conocida por SEMANA, la JEP advierte que Figueroa: “se aseguró de que sus órdenes de reporte de bajas fueran cumplidas, sin importar la forma en la que se dieran las muertes y, en ese marco, estableció un complejo dispositivo de estímulos y presiones. Al tiempo que, de manera deliberada, omitió la adopción de medidas y controles que hubieran contribuido a evitar estos hechos y a la acción de la justicia en contra de los responsables”.

Noticias relacionadas