CORONAVIRUS
Ocupación de UCI en Bogotá se acerca al 92 % este miércoles
Las autoridades confirmaron que en la capital solo quedan 229 camas UCI disponibles.
Bogotá amaneció este miércoles con un leve aumento de la ocupación de las camas de cuidados intensivos para pacientes covid-19 y también las UCI generales, según datos publicados por el Observatorio de Salud de Bogotá (Salud Data).
De las 2.538 camas UCI que tiene la ciudad, ya se han ocupado 2.309 (el martes la cifra era de 2.238 unidades), lo que da una ocupación mayor al 90,6 %.
Aunque si se observan las estadísticas de UCI para atender la covid-19 el registro aumenta, pues de las 2.004 camas reportadas, 1.854 (91,8 %) ya han sido asignadas a pacientes en estado grave por complicaciones del virus.
De acuerdo con los registros de Salud Data, en los últimos dos meses la capital ha aumentado su capacidad de UCI cerca de un 170 %, pues mientras que en abril del año pasado Bogotá tenía cerca de 935 unidades de ciudades intensivos, a la fecha ya hay 2.538, lo cual le ha permitido a la ciudad tener más espacio para enfrentar el tercer pico.
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— Secretaría Distrital de Salud (@SectorSalud) April 27, 2021
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Sin embargo, las autoridades prevén que esta capacidad se pueda ver desbordada en las próximas semanas, pues dentro los próximos días se espera que la capital llegue al pico máximo de la tercera ola.
Otro tema que preocupa es que varios centros médicos (más de 20) en el Distrito ya han alcanzado su máxima capacidad de atención. Por ejemplo, la Clínica Juan N. Corpas, la Clínica la Colina, Los Cobos Medical Center, la Fundación Santa Fe, la Clínica VIP, la Clínica del Country, la Clínica Azul, la Clínica Santa María del Lago, el Hospital San Carlos, la Unidad de Servicios de Bosa, la Clínica Colsubsidio Ciudad de Roma, el Hospital Universitario Nacional de Colombia, entre otras, ya están con ocupación del 100 %.
Hasta el momento se han confirmado más de 774.600 casos de covid-19 en la ciudad, lo cual la posiciona como la zona con más contagios del país, por encima de Antioquia o Valle del Cauca. De ese total, ya se han recuperado al menos 715.200 personas, por lo que están activos unos 59.000 casos de covid-19.
La mayor proporción de personas infectadas está en la edad entre los 30 a 39 años, pues en este grupo etario se han registrado 170.731 casos, unos 1.000 más que los que se han confirmado entre las personas de 20 a 29 años.
Además, las mujeres se han contagiado mucho más que los hombres, ya que entre ellas se han registrado más de 409.000 positivos de la enfermedad, mientras que entre ellos el dato llega a 361.300 casos.
Pico y cédula
Este miércoles 28 de abril estarán bajo esta restricción quienes tengan cédula terminada en número par (0, 2, 4, 6 y 8), mientras que las personas que tienen cédulas con el último dígito impar podrán salir sin restricción.
Durante la vigencia de esta medida solo está permitido que un miembro de la familia se acerque a los locales comerciales a abastecerse de mercado o lo que se requiera en el grupo familiar, el cual deberá realizar estas actividades cuando no tenga pico y cédula.
Hoy es 28 de abril, día par. Si su cédula finaliza en número par, hoy no podrá ingresar a establecimientos comerciales o públicos.
— Claudia López 👍 (@ClaudiaLopez) April 28, 2021
Estamos en las dos semanas más difíciles de nuestras vidas, hagamos un esfuerzo de cuidado colectivo por la vida. ¡Cuidémonos! pic.twitter.com/pm9C2nP8K8
Al igual que en las anteriores oportunidades, la restricción tiene algunas excepciones. Es así como la medida no aplicará en los siguientes casos:
1. Los servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos que para su realización requieran la comparecencia simultánea de dos o más personas.
2. La persona que les sirve de apoyo a adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieren acompañamiento para realizar actividades o trámites.
3. El personal médico y demás vinculados con la prestación del servicio de salud debidamente identificados.
4. La distribución de los combustibles líquidos derivados del petróleo, de conformidad con lo previsto en el Decreto Nacional 1521 de 1998.
5. Las actividades realizadas en hoteles y servicios de hospedaje, los establecimientos de la industria gastronómica, los gimnasios, así como lugares recreativos, turísticos, religiosos y culturales de Bogotá, como parques, museos, cines, teatros, entre otros.