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Ojo: así podría pedir el lunes 15 de julio libre en el trabajo si Colombia gana la final de la Copa América
Este domingo se disputa la gran final entre Colombia y Argentina.
Este domingo, 14 de julio, Colombia disputará la final de la Copa América ante su similar de Argentina, un duelo que ha generado una gran expectativa en millones de hinchas que quieren ver a los dirigidos por Néstor Lorenzo consagrarse en esta competición por primera vez en 23 años y por segunda vez en toda la historia.
Muchos preparan una gran celebración en caso de que el combinado nacional se imponga en el duelo que disputará en Miami, Estados Unidos. Dicha celebración se podría extender hasta altas horas de la noche de ese domingo e, incluso, las primeras horas del lunes 15 de julio. Para aquellos que quieren celebrar con tranquilidad y sin afectar su jornada laboral del lunes, hay dos opciones. Solicitar el llamado Día de la Familia o un día compensatorio.
Día de la Familia
La ley colombiana obliga a los empleadores a otorgar una jornada, por semestre, para que sus colaboradores puedan compartir con sus seres queridos dentro de algo denominado como ‘Día de la familia’.
Lo primero que hay que decir es que es obligación de las empresas permitir a los empleados el disfrute de estos dos días, tal y como lo indica la Ley de Protección Integral a la Familia.
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Según esta normativa, “los empleadores podrán adecuar los horarios laborales para facilitar el acercamiento del trabajador con los miembros de su familia, para atender sus deberes de protección y acompañamiento de su cónyuge o compañera(o) permanente, a sus hijos menores, a las personas de la tercera edad de su grupo familiar o a sus familiares dentro del tercer grado de consanguinidad que requiera el mismo, como también a quienes de su familia se encuentren en situación de discapacidad o dependencia”.
Compensatorio
De acuerdo con el concepto 040921 de 2022 del Departamento Administrativo de la Función Pública, los compensatorios son días que se le otorgan al trabajador cuando trabaja los días domingos y festivos o cuando un empleado público supera un máximo de horas mensuales laboradas.
“Los compensatorios son el día o días de descanso que se otorgan al trabajador, en compensación por haber trabajado en determinadas situaciones, se conceden cuando el empleado público trabaja habitualmente los días domingos y festivos o cuando el empleado público supera el máximo de horas extras mensuales laboradas, será procedente su reconocimiento sin importar si está en periodo de prueba siempre y cuando se cumpla con el marco legal que se ha dejado descrito”, señala el texto.