Nación
Ojo, estos vehículos tienen restricción por ‘Alerta Ambiental’ debido a la mala calidad del aire en Bogotá
Los días sábados estos vehículos no podrán circular entre las 05:00 y las 21:00 horas.
La Administración Distrital, luego de la declaratoria de la Alerta Ambiental Fase 1 por la calidad del aire en el suroccidente de Bogotá, sancionó el Decreto N.° 088 de 6 de marzo de 2024, “Por medio del cual se establecen medidas transitorias y preventivas en materia de tránsito en la Zona Sur Occidente del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”.
El Decreto señala: Artículo 1. Adiciónese un artículo transitorio al Decreto Distrital 840 de 2019, el cual quedará así:
Artículo 5A transitorio. Los vehículos de transporte de carga modelos anteriores al año 2014, inclusive, tendrán restricción de circulación en la Zona Sur Occidente de la ciudad de Bogotá D.C., de lunes a viernes, sin incluir festivos entre las 06:00 y las 08:00 horas y entre las 17:00 y las 20:00 horas.
Los días sábados estos vehículos no podrán circular entre las 05:00 y las 21:00 horas, horario rotativo de acuerdo con el último dígito de la placa par o impar del vehículo. Esta restricción iniciará con las placas impares el primer sábado a partir de la entrada en vigencia del presente decreto.
Para efectos del presente decreto, la zona suroccidental corresponde al siguiente polígono comprendido de la siguiente manera: avda. carrera 68 desde avda. Primero de Mayo hasta carrera 53, por calle 51 Sur: Avda. carrera 51 y calle 56A Sur y avda. calle 71 Sur hasta límite sur urbano; límite sur urbano desde avda. calle 71 Sur hasta río Bogotá; río Bogotá desde límite sur urbano entre Soacha hasta avda. calle 17; avda. Centenario (avda. calle 13) desde límite occidental urbano con Mosquera - calle 13 hasta transversal 42 y transversal 53 hasta avda. carrera 68.
Las medidas de restricción establecidas en el presente artículo también serán aplicables para los vehículos de transporte de carga clase camioneta, con tipo de carrocería: estacas, furgón, estibas y panel.
Los vehículos de transporte de carga podrán circular por la avenida Centenario (avenida calle 13), avenida Boyacá y autopista Sur en ambos sentidos cumpliendo con las restricciones establecidas en el artículo 5 del Decreto Distrital 840 de 2019, modificado por el artículo 2 del Decreto Distrital 077 de 2020.
Además, establece que “teniendo en cuenta que por la avenida Calle 13 y la autopista Sur circula el 42,5 % de la carga que entra y sale de Bogotá D.C., y que estos dos corredores se conectan por la avenida Boyacá, para garantizar el abastecimiento de mercancías es necesario mantener la circulación de vehículos de carga en ambos sentidos de los mencionados corredores, para los cuales se seguirán aplicando las restricciones establecidas en el Decreto Distrital 840 de 2019, modificado por el Decreto Distrital 077 de 2020″.
Declaran emergencia ambiental en el suroccidente de Bogotá por mala calidad del aire
Debido a la mala calidad del aire, la Alcaldía de Bogotá declaró el reciente miércoles, 6 de marzo, la emergencia ambiental para el suroccidente de la ciudad.
Según señaló la secretaria de Ambiente, Adriana Soto, la medida fue tomada luego de que el 50 % de las estaciones de monitoreo de calidad del aire han reportado malas condiciones, situación que causa riesgo para la salud de los ciudadanos que residen en esa zona de la ciudad.
“Queremos anunciar que el Distrito ha decidido declarar alerta por calidad del aire en el suroccidente, ya que el 50 % de las estaciones de monitoreo de calidad del aire han reportaron por más de 27 horas condiciones malas y regulares, lo cual genera un riesgo para la salud”, dijo.
La decisión fue anunciada luego de que los Bomberos Oficiales reportaran en la tarde de este miércoles que se reactivó un fuerte incendio en el sector de Gibraltar, en la localidad de Bosa, sur de la ciudad, que generó el pasado martes una gran nube de humo en varias localidades, como Kennedy, Chapinero y Teusaquillo, entre otras.