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Ojo: servicio de transporte escolar es esencial para garantizar derecho a la educación; Corte Constitucional explica decisión

El pronunciamiento del alto tribunal se dio sobre el caso de dos menores de edad en Jamundí, Valle, que no podían acceder al colegio por falta de servicio de ruta escolar.

Redacción Semana
19 de junio de 2024
| Foto: Archivo particular.

En una decisión trascendental, la Corte Constitucional destacó que el servicio de transporte escolar es “esencial” para garantizar el derecho a la educación en Colombia. El pronunciamiento del alto tribunal se dio tras el análisis de un caso de dos menores de edad que no podían asistir al colegio por falta de transporte en Jamundí, Valle.

La Corte reiteró que con el servicio de transporte escolar se permite que las niñas y niños del país puedan acceder y permanecer en el sistema educativo, así mismo, se logra materializar, la igualdad de condiciones pese a la accesibilidad geográfica y económica del menor.

Pero la Sala de Revisión del alto tribunal especificó que ese servicio debe funcionar de manera eficaz y respondiendo a las necesidades de los estudiantes, por lo que el servicio, debe estar diseñado e implemento para todos los sectores y que atienda adecuadamente las vulnerabilidades de la población estudiantil.

El reciente pronunciamiento de la Constitucional se dio en el caso de dos menores de edad en el municipio de Jamundí, Valle del Cauca, quienes no tenían el servicio de ruta escolar para asistir a sus instituciones educativas y la mamá tampoco tenía los recursos para cubrir ese gasto por su cuenta. A pesar de ese panorama, la Secretaría de Educación del municipio se negó a brindar el servicio porque supuestamente los niños no cumplían con los criterios de priorización para ser beneficiarios de la ruta escolar gratuita.

El acuerdo fue logrado con los rectores de las instituciones educativas de la zona rural de Manizales
Transporte escolar para la zona rural | Foto: Cortesía Alcaldía de Manizales

Pero la Corte halló que “los criterios de priorización del transporte escolar de la Secretaría de Educación de Jamundí – esto es, una categoría específica del Sisben, ciertas situaciones de discapacidad y la residencia en una zona rural- son limitados para responder a todas las necesidades de las niñas y los niños del municipio”.

Para la Sala de Revisión, factores como la raza, el género, las diferentes situaciones de discapacidad, la clase o la edad, también pueden incidir en otras dificultades para el acceso al sistema educativo y que permita el acceso a tener el servicio de transporte escolar gratuito para garantizar ese derecho fundamental.

Por eso se definió que la Secretaría de Educación de Jamundí vulneró el derecho a la educación de los dos menores, al no garantizares el transporte escolar, desconoció otras vulnerabilidades como la barrera geográfica y económica para acceder a sus colegios y de paso no analizó la situación en la que se encontraba esa familia.

Magistrada Natalia Angel Cabo de la Corte Constitucional
Bogota junio 14 del 2022
Foto Guillermo Torres Reina / Semana
Magistrada Natalia Angel Cabo fue la ponente del caso. | Foto: Guillermo Torres /Semana

Son sujetos de especial protección constitucional por ser víctimas del conflicto armado, lo que amerita que el Estado adopte medidas para garantizarles sus derechos; están en una situación de precariedad económica que les impide cubrir el costo del transporte escolar todos los días; no tienen otras formas de movilizarse para ir al colegio que no sea a través de un vehículo; no cuentan con una red de apoyo que acompañe a los niños al colegio o ayude a cubrir el costo del transporte; y el riesgo de deserción escolar en el que están los menores ante la imposibilidad de asistir a clases de manera regular”, explicó la Corte en el fallo.

Pero con este caso, volvió a quedar en evidencia la grave problemática que hay en Colombia para acceder al derecho a la educación por no tener transporte escolar para las niñas y niños, sobre todo en caso de quienes habitan en áreas rurales, como el caso de los dos menores en Jamundí. Por eso, la Corte le ordenó a las autoridades municipales, departamentales y al gobierno nacional que adopten estrategias que suplan las necesidades de los estudiantes en ese sector del Valle y en todo el país.