NACIÓN
ONU emite veredicto en favor de Andrés Felipe Arias
Se trata de una decisión que tiene carácter de recomendación y no de fallo. El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se pronunció en favor de garantizar la segunda instancia para el exministro condenado a 17 años.
El caso de Andrés Felipe Arias tiene un nuevo capítulo, esta vez en la justicia internacional. La firma de abogados que representa al exministro informó que los 18 expertos independientes del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas emitieron un veredicto a favor de Arias, luego de un proceso iniciado desde el 11 de agosto de 2014.
El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas emitió una decisión -que tiene carácter de recomendación y no de fallo- en contra del Estado colombiano, al identificar que se violaron dos de los artículos contenidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas. Uno, es el que ordena que toda persona declarada culpable tiene derecho a que el fallo condenatorio sea sometido a revisión de un tribunal superior; y dos, el que considera que toda persona tiene derecho a participar en la dirección de asuntos públicos, a votar, a ser elegido y a tener acceso a la función pública.
Este último punto está soportado en que en la parte resolutiva de su sentencia, la Corte Suprema de Justicia no hizo explícitas las particulares circunstancias de los graves crímenes por los que el autor fue sentenciado. Al respecto, los expertos de la ONU aseguran que el alto tribunal no fundamentó de qué forma las particulares circunstancias del caso podían justificar la imposición de una inhabilitación de por vida. "El Comité considera que la información disponible no le permite concluir en el presente caso las restricciones de por vida impuestas a los derechos de autor", dicen.
Los expertos también señalan que el Estado tiene la obligación de proporcionarle al autor un recurso efectivo. Esto es, una reparación integral a los individuos cuyos derechos hayan sido violados.
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El pasado mes de febrero, los abogados de Arias habían pedido a la Corte Suprema de Justicia aplicar la doble instancia en el proceso que se adelantó por el escándalo de Agro Ingreso Seguro con el propósito de defender los derechos procesales de quien fuera precandidato presidencial en 2010. Para los defensores, hubo "repetidas y graves violaciones a los derechos fundamentales de Andrés Felipe Arias, en particular a su derecho a la doble instancia y la afectación grave y desproporcional de sus derechos políticos por condenarlo a inhabilidad perpetua", es lo que ha informado la defensa del exministro.
Para los abogados, el fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia contra Arias pierde "validez moral y política" y el Estado tendrá que proporcionar ahora un recurso efectivo de doble instancia que restablezca sus derechos. "La máxima instancia de derechos humanos en el mundo abre así un camino de luz y esperanza para que se haga justicia en el caso de Andrés Felipe Arias Leiva, cuyos derechos han sido menoscabados por el Estado colombiano en cabeza de sectores politizados de la rama judicial", afirma el abogado Víctor Mosquera.
Arias fue condenado a 17 años y cinco meses de prisión en 2014 por la Corte Suprema de Justicia por los delitos de peculado por apropiación a favor de terceros e interés indebido en la celebración de contratos. Sin embargo, en varios pronunciamientos, la corte ha señalado que la doble instancia no tiene carácter retroactivo y que esta no puede aplicarse para procesos cuyas sentencias fueron anteriores a la entrada en vigencia de la mencionada reforma constitucional.
El exministro, condenado por el escándalo de Agro Ingreso Seguro, es pedido en extradición y está detenido en una cárcel federal de La Florida a la espera de que la justicia de ese país decida si lo envía o no a Colombia. Paralelamente, el exfuncionario adelanta un proceso para pedir asilo en ese país, con el argumento de que, según él, su condena hace parte de una persecución judicial de la Corte Suprema de Justicia contra el uribismo.
Es la segunda decisión que emite este comité que beneficia a políticos sentenciados en Colombia. Hace un par de meses, se emitió una decisión en favor del exrepresentante a la Cámara Iván Díaz Mateus. El congresista fue condenado a seis años por la Yidispolítica, el proceso judicial que también llevó tras las rejas a dos exministros del gobierno Uribe (Sabas Pretelt y Diego Palacio) por haber dado prebendas a cambio de los votos que se necesitaban para aprobar en el Congreso la reforma constitucional que permitía la reelección de Álvaro Uribe.
El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas estudió la pelea histórica y consideró que en el caso de Díaz Mateus hubo una violación del protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la carta que consagra los derechos fundamentales que deben ser protegidos por todos los países que hacen parte del sistema de Naciones Unidas. Dicho pacto establece que toda persona condenada tiene derecho a poner ese fallo y su respectiva pena en consideración de un tribunal superior.
¿Qué es el Comité de DD.HH. de la ONU?
El Comité de Derechos Humanos es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por sus Estados Partes. El sistema universal no está integrado por jueces, y es cuasijurisdiccional. El comité no profiere sentencias sino recomendaciones.
Otro antencedente importante es el caso del excongresista José Elías Guerra de la Espriella condenado en el 1998 a 72 meses de prisión por un juez sin rostro por los delitos de enriquecimiento ilícito de particular en concurso heterogéneo con el delito de falsedad en documento privado y estafa, dentro del escándalo del proceso 8.000.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU concluyó que hubo violación del derecho a un juicio con las debidas garantías por tanto el Estado debía proporcionar al autor un recurso efectivo, incluida una indemnización adecuada.
Con esta recomendación en mano, el excongresista inició por la vía de tutela una batalla jurídica en Colombia que llegó a la Sala Plena de la Corte Constitucional. El alto tribunal consideró que sí se le dieron las debidas garantías y rechazó la nulidad que el político estaba planteando sobre su caso.