POLÍTICA

Oposición reclama no estar en el orden del día de la instalación del Congreso

El Estatuto de Oposición le da 20 minutos a la bancada para que uno de sus voceros hable ante la plenaria. "¿Por qué razón no se incluyó este punto en el orden del día?", cuestionan en una carta enviada a Chacón y a Macías.

20 de julio de 2019
La misiva esta dirigida al presidente y vicepresidente del Congreso. | Foto: Fotomontaje SEMANA

A la actual bancada de oposición le ha correspondido estrenar el estatuto en el que están consagrados sus derechos y deberes. Sin embargo, este viernes volvieron a reclamar por lo que consideran un “incumplimiento” de la norma: su intervención no está incluida en el orden del día de la instalación del Congreso que se llevará a cabo el próximo 20 de julio.

En una carta dirigida al presidente saliente del Senado, Ernesto Macías (Centro Democrático) y al saliente de la Cámara, Alejandro Carlos Chacón (Liberal), solicitaron que les informen por qué razón no se incluyó la intervención, al tiempo que recordaban que ante la opinión pública han manifestado “ser respetuosos y garantes de los derechos de la oposición”. Chacón y Macías siguen siendo los presidentes de las cámaras hasta tanto no se posesionen los nuevos congresistas este 20 de julio.

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Al revisar el orden del día oficial efectivamente se puede ver que la intervención de la oposición no está incluida. Esto está contemplado en el artículo 14 del Estatuto de la Oposición: “En la instalación de las sesiones del Congreso por parte del presidente de la república, luego de la transmisión oficial, las organizaciones políticas declaradas en oposición al Gobierno nacional tendrán un tiempo de veinte (20) minutos para presentar sus observaciones y dar a conocer los planteamientos alternativos, en los mismos medios de comunicación social utilizados para la transmisión oficial”.

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Si bien en el estatuto no dice que la intervención de la oposición se debe dar durante la instalación del Congreso, sí se daba el mandato al Consejo Nacional Electoral para que reglamentara este punto. En la Resolución 3134 de 2018, la autoridad electoral lo aclaró. "La intervención de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica declarados en Oposición se hará de forma inmediata a la terminación de la intervención del Presidente de la República, Gobernador o Alcalde".

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Además, en esta misma resolución le ordenan a la oposición que con una antelación no menor a 48 horas de la instalación informe a la mesa directiva de la respectiva corporación quién o quiénes harán la intervención ante la plenaria.

La petición de la oposición a los presidentes de Cámara y Senado está firmada por toda la bancada. Este podría ser el primer punto de desencuentro en la nueva legislatura en el Congreso.