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Ordenan arresto del ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, por desacatar decisión de la Corte Constitucional. Esta es la historia

El alto tribunal le había ordenado retirar del mercado todos los insecticidas que sean desarrollados con el componente clorpirifós que, de acuerdo con la evidencia científica, puede generar afectación a la salud. Sin embargo, la disposición no se cumplió.

16 de diciembre de 2024
  El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, señala que las EPS son las responsables de adquirir los medicamentos para los pacientes. Pero estas entidades aseguran que no tienen los recursos necesarios por la insuficiencia de la UPC.
El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, señala que las EPS son las responsables de adquirir los medicamentos para los pacientes. Pero estas entidades aseguran que no tienen los recursos necesarios por la insuficiencia de la UPC. | Foto: esteban vega la-rotta-semana

El Juzgado Tercero Penal del Circuito con función de conocimiento en Bogotá sancionó al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, con arresto durante tres (3) días, por desacatar la orden de tutela emanada de la Sentencia T-343 de 2022 proferida por la Corte Constitucional, en la que ordenaban sacar del mercado todos lo insecticidas que tuvieran entre sus componentes el clorpirifós, que según la evidencia científica consultada por el alto tribunal, es perjudicial para la salud.

La orden de la Corte Constitucional era clara y no admitía interpretaciones. En su decisión señala: “Ordenarle al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) que una vez sea notificada esta decisión, adopte las medidas administrativas necesarias para suspender de manera inmediata la comercialización de productos químicos agropecuarios con el componente activo clorpirifós”.

  El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, ordenó el reintegro de 89.000 millones de pesos que entregó para una obra que beneficiaba a decenas de personas en Caquetá.
El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, habría desacatado la orden de la Corte Constitucional. | Foto: Esteban Vega La-Rotta

Pues el tiempo pasó y el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo, como titular de la cartera de Salud, no cumplió, y por eso el Juzgado Tercero Penal de Bogotá advirtió, en lo que calificó como desacato, que, “con ocasión a que en el incidente de desacato no se persigue a un ente o a un cargo, sino a la persona física que lo ostenta, en esta actuación se vinculó al doctor Guillermo Alfonso Jaramillo en su calidad de Ministro de Salud, se le enviaron comunicaciones a través de las direcciones electrónicas que constan en la página web del Ministerio y por intermedio del apoderado de la entidad se presentaron informes que no reflejan un acompañamiento suficiente al ICA para propender mancomunadamente al cumplimiento de las órdenes impartidas por la Corte Constitucional”.

La decisión no resulta apresurada, pues, según el fallo, ya dos funcionarias de la Defensoría del Pueblo, encargadas de hacer seguimiento al cumplimiento de la orden, advirtieron que “sus conclusiones dentro de las labores de vigilancia al cumplimiento de la sentencia, en las que de manera fundada insisten en el incumplimiento de la orden dada al Ministerio de Salud”.

Por eso vino la decisión del Juzgado Tercero Penal de Bogotá que advierte: “Se concluye entonces la responsabilidad subjetiva en cabeza del doctor Guillermo Alfonso Jaramillo, quien, siendo responsable del acatamiento de la Sentencia T-343 de 2022 proferida por la Corte Constitucional, no gestionó lo correspondiente para que se cumpliera, oportunamente, con lo que se procede a sancionarlo, imponiéndole arresto durante tres días”.